"'Pueden asalariados deducir colegiaturas'"
CAROLINA ROJO
El decreto presidencial, en el que establece que los pagos de colegiaturas realizadas a escuelas particulares, pueden deducirse del Impuesto Sobre la Renta, es un beneficio del que puede gozar cualquier persona sin importar su actividad o si es asalariado, aseguró el Servicio de Administración Tributaria.
Marco Antonio Covarrubias Loera, administrador local de servicios al contribuyente del SAT en Culiacán, indicó que todos los trabajadores que se encuentren inmersos en el sector formal tienen derecho a deducir de sus impuestos, un porcentaje de las colegiaturas que cubrió en escuelas privadas.
"El asalariado es fundamental que sepa que puede realizar las deducciones, o igual si tu no tienes hijos pero estas estudiando y pagando una colegiatura también es deducible para ti, le aplica a las personas físicas, llámese al propio contribuyente, tus hijos, tus padres o incluso hasta al cónyuge, pero deben cerciorarse que la escuela tenga el nombre y el RFC de quien va a pagar la colegiatura", dijo.
Proceso
Covarrubias Loera explicó el proceso por medio del cual una persona asalariada puede deducir en su declaración anual las colegiaturas y otros gastos realizados.
"También es importante que se sepa que un asalariado también puede presentar esa declaración anual siempre y cuando le avise a su patrón antes del 31 de diciembre, ya que va a deducir las colegiaturas, entre algunas otras que puede deducir como gastos médicos, dentales, funerales, créditos hipotecarios, en ese supuesto un asalariado puede deducir el monto especifico para cada nivel educativo", comentó.
Montos
Indicó que los montos de deducibilidad que han sido establecidos en la ley corresponden a lo que el Gobierno federal gastaría al brindar ese servicio al educando.
"Se ha considerado que esas cantidades son más o menos las que oscilan entre las personas que se van a ver beneficiadas con los estímulos, y es lo que le costaría realmente al Estado la educación de una persona si el Gobierno o una escuela pública tuviera que realizar el pago", explicó.
Límite
Covarrubias explicó que cuando el contribuyente alcanza la cantidad máxima que puede deducir en un periodo de tiempo corto, las facturas correspondientes a esas mensualidades pagadas serán suficientes para presentar en su declaración de impuestos.
*"Ese es el tope, si lo cubres en uno o en dos meses hasta ese monto va a ser el único que vas a poder realizar de deducción, y podrías hacer el pago de las colegiaturas que quedan en otra manera, pero yo recomendaría seguir con el método electrónico que es mucho más cómodo", explicó.
Puntos relevantes
Covarrubias Loera observó que algunos de los puntos más relevantes que señala el decreto para poder gozar de este estimulo fiscal.
*"Primero es importante que el padre de familia le pida o le pague a la escuela con cheque nominativo, es decir, con cheque a nombre de la escuela o a través de medios electrónicos, es decir transferencia bancaria, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, la otra es que en la escuela les expidan una factura y tercero es que la deducción se va a aplicar en la declaración 2012", reiteró.
"Si tu no tienes hijos pero estas estudiando y pagando una colegiatura también es deducible para ti"
Marco Antonio Covarrubias
Administrador local del SAT
DEDUCIBILIDAD
La SHCP estableció los límites de deducibilidad de acuerdo a cada grado de escolaridad.
Nivel Límite anual
Preescolar 14,200
Primaria 12,900
Secundaria 19,900
Profesional técnico 17,100
Bachillerato o su equivalente 24,500
Fuente: Secretaria de Hacienda y Crédito Público