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"PROTECCIÓN ANIMAL"

"Tipifican como delito maltrato animal en Colima"

"En sesión ordinaria de este miércoles los diputados locales aprobaron por unanimidad una serie de adiciones a dicho Código y cuya iniciativa fue presentada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México"
14/11/2015 07:47

    COLIMA._ A partir de esta fecha en Colima toda aquella persona que maltrate a los animales domésticos serán sancionados con multas de hasta 300 salarios mínimos y tres años de prisión, una vez que la Legislatura local aprobó adiciones al Código Penal del estado donde "se tipifica como delito el maltrato hacia los animal domésticos". 

    En sesión ordinaria de este miércoles los diputados locales aprobaron por unanimidad una serie de adiciones a dicho Código y cuya iniciativa fue presentada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Mariano Trillo Quiroz. 

    La iniciativa presentada y aprobada por unanimidad, retoma propuestas similares formuladas a nivel nacional y en otras entidades federativas por integrantes del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) a fin de proteger la vida, integridad y dignidad de los animales domésticos, estableciendo un marco de sanciones para castigar a quienes atenten contra estos seres vivos. 

    De esta manera se adiciona la sección sexta denominada "Delitos contra la vida, integridad y dignidad de los seres animales domésticos", con el título único y capítulo único denominados "delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad animal", adicionando los artículos 250, 251 y 252, todos del Código Penal para el estado de Colima. 

    El dictamen señala en los considerados que el maltrato hacia los animales comprende una serie de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés animal, generados por "la mera negligencia en los cuidados básicos hasta la muerte maliciosa e intencional". 

    Del mismo modo se retoma la idea de la tendencia global sobre el tema en el sentido de que la supremacía del ser humano sobre las especies animales "nos obliga a otorgar un trato adecuado y digno hacia ellos". 

    De esta manera es considerado como maltrato animal la generación de lesiones o la muerte de un animal que sean consecuencia "de los actos de maltrato o crueldad injustificados de que sean objeto". 

    Las sanciones de que serán objeto quienes incurran en este tipo de actos, van desde los tres días hasta los tres años de prisión y multas de hasta 300 unidades de salario mínimo vigente en el estado. 

    Cuando quien cometa un delito sea un médico veterinario o persona relacionada con el cuidado o comercio de animales, además de imponerse la pena de prisión también podrá imponerse "la inhabilitación para ejercer su profesión, empleo, cargo, autorización, licencia o comercio". 

    Una causa de justificación consiste en las lesiones o muerte se generen con la finalidad de evitar un mal igual o mayor, casos en los que no se aplicarán sanciones siempre y cuando se justifiquen los hechos. 

    Sin embargo, el tema de las corridas de toros y de las peleas de gallos quedó al margen, pese a que diversos grupos defensores de los animales exigían que el tema fuera integrado en dicha reforma. Lo cual no ocurrió, pese a la inconformidad de estos grupos presentes en la sesión del Congreso colimense.