"El magistrado Jesús Guadalupe Luna absolvió al ex Presidente Luis Echeverría, el jueves 12 de julio, de la matanza del 2 de octubre de 1968"
Luis Ángel Flores
Con criterios contradictorios, la justicia mexicana exoneró al ex Presidente Luis Echeverría Álvarez de las acusaciones de genocidio. El magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano lo absolvió, el jueves 12 de julio, de la matanza del 2 de octubre de 1968, que históricamente se le ha adjudicado.
Titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal Federal, Luna Altamirano le dio en parte la razón a quien fue fiscal para la guerra sucia, Ignacio Carrillo Prieto: lo ocurrido la noche de ese 2 de octubre en la Plaza de las Tres Culturas, en Tlatelolco, fue un genocidio organizado y ejecutado por las autoridades de esa época.
Pero, de forma insólita, el magistrado señaló que no hay "absolutamente ninguna prueba" de la participación de Echeverría en los hechos, ocurridos cuando era Secretario de Gobernación bajo la Presidencia de Gustavo Díaz Ordaz.
Dicha resolución fue opuesta a otra de la magistrada Herlinda Velasco Villavicencio, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal Federal. Hace dos años, en julio de 2006, Velasco resolvió que Carrillo no pudo demostrar la existencia de genocidio cuando consignó ante la justicia el expediente por la matanza de estudiantes el 10 de junio de 1971, ocurrida cuando Echeverría ya era Presidente de la República.
Otra contradicción de la justicia mexicana al tratar las acusaciones contra Echeverría se había producido en febrero de 2005, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, conforme al derecho internacional aplicable a México, la masacre de 1971 había prescrito, aun cuando se considerara como genocidio.
La Primera Sala de la Suprema Corte argumentó entonces que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigor en junio de 2002, un año después de la prescripción de la matanza del Jueves de Corpus, perpetrada por el grupo paramilitar Los Halcones, surgido cuando Echeverría era Secretario de Gobernación.
Pero en junio de ese mismo 2005, el máximo tribunal dio un giro y resolvió que, a pesar de las deficiencias en la consignación de Carrillo, Echeverría sí podía ser acusado de genocidio porque había gozado de fuero constitucional como Secretario de Gobernación y Presidente, de modo que ese tiempo no se contabilizaba para fines de prescripción.
Es decir, que para el ex Presidente, de 85 años en la actualidad, el delito no había prescrito. Lo mismo se estableció para quien fue su Secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, fallecido en octubre.
Pero un año después la magistrada Velasco determinó en definitiva no sólo que el delito ya había prescrito, sino que la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado no había podido acreditar que la matanza del Jueves de Corpus en San Cosme hubiera sido genocidio.
Ahora, el magistrado Luna Altamirano, quien en 2001 autorizó como juez la extradición a España del represor argentino Ricardo Miguel Cavallo, bajo los cargos de tortura y genocidio, estableció justamente lo contrario.
Al concederle el jueves a Echeverría un amparo en contra de la formal prisión que vive en su domicilio desde noviembre de 2006 por los hechos del 68, el magistrado dijo que lo ocurrido en Tlatelolco sí fue un genocidio y que el delito no había prescrito, pero que no había ninguna prueba en contra del ex Presidente.
En las 58 mil 725 fojas, integradas en 42 tomos, además de las más de 20 mil hojas de anexos presentadas por Carrillo a la justicia para obtener la detención de Echeverría y procesarlo penalmente, Luna Altamirano aseguró no haber encontrado ninguna prueba que lo incriminara.
Los señalamientos contra el acusado fueron "meras conjeturas", "suposiciones" y "apreciaciones subjetivas de la fiscalía, asentó el magistrado, quien en 2005 publicó un libro sobre el genocidio en el que reprobó la impunidad de los delitos de lesa humanidad. Pero Luna Altamirano exculpó a Carrillo por las "dificultades" que tuvo para conseguir las pruebas a casi cuatro décadas de ocurridos los hechos, sobre todo porque ya están muertos quienes pudieron haber respondido por ellos.
Es decir, de acuerdo con el magistrado, hubo un genocidio, pero no hay responsables vivos y Echeverría no tuvo nada que ver. Lo mismo manifestó Echeverría en sus declaraciones judiciales: "Si hubo genocidio, yo no tuve nada que ver".
La defensa del ex Presidente, llevada por Juan Velásquez y Heraclio Bonilla, explica que los vaivenes de la justicia se debieron a que se trató de un asunto político más que judicial".
Velásquez plantea: Desde que en 2002 se echó a andar la Femospp, Carrillo anunció que iría contra Echeverría. Luego, el 2 de julio de ese año, en el primer aniversario de la Presidencia de Vicente Fox, lo hizo comparecer ante la fiscalía.
Después, en la víspera de la elección presidencial de 2006, se ordenó su detención. Y dos días antes de que al actual presidente asumiera el cargo, se ejecutó la orden de aprehensión que desde entonces lo tiene preso en su domicilio.
"Cuando se resolvió lo del 71, pensé que el Presidente se mantenía al margen de un asunto judicial, pero eso se vino abajo cuando el propio Carrillo, en una entrevista publicada en abril por Proceso (1590), aseguró que pidió el apoyo presidencial después de su fracaso en el caso de lo ocurrido en San Cosme.
"Si Fox no hubiera intervenido, el asunto del 68 se hubiera resuelto igual que el del 71; es decir, que no hubo genocidio", apunta.
En esa entrevista, Carrillo afirmó que la consignación de Echeverría por el 68 no sólo justificaba su paso por la fiscalía, sino que era la razón de ser de ésta: "El ciudadano Luis Echeverría tiene una formal prisión. Más arriba es imposible ir. Con ese resultado está más que justificado todo", expuso.
Echeverría aún se encuentra preso. Y en esa condición permanecerá, según Velásquez, sólo en caso de que la PGR, en los próximos días, interponga un recurso de revisión de la sentencia de Luna Altamirano.