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"Análisis: Rendición de cuentas. Los gastos"

"El presupuesto anual de gastos del Gobierno federal no señala los gastos que puede erogar cada una de las dependencias, sino que se continúa con la vieja costumbre de autorizar cantidades globales anuales como presupuesto de gastos para cada depe"

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01/03/2006 00:00

    Gilberto Yáñez

    Durante la larga era del PRI, las autoridades municipales, estatales y federales, así como las empresas propiedad de esos mismos gobiernos, gastaron a su antojo, sin ningún límite porque quien limita, que es la Cámara de Diputados a través del Presupuesto de Egresos, no establecía ninguna restricción, otorgándoles cada año una cantidad para sus gastos y sin exigir, por regla general, a los altos funcionarios, la comprobación del gasto correcto.
    Nuestra Constitución dispone que los gastos del Gobierno federal los autorice la Cámara de Diputados por medio del presupuesto anual, pero también ordena que la misma Cámara de Diputados revise, audite o verifique, por medio de la Contaduría Mayor de Hacienda, ahora denominada Auditoría Superior de la Federación, que los gastos realizados por todas y cada una de las dependencias del Gobierno federal hayan sido reales, correctos y autorizados en el presupuesto anual.
    Aquí es donde no se obedecía y se sigue desobedeciendo la obligación constitucional: el presupuesto anual de gastos del Gobierno federal no señala los gastos que puede erogar cada una de las dependencias, sino que se continúa con la vieja costumbre creada por el PRI de autorizar cantidades globales anuales como presupuesto de gastos para cada dependencia, sin señalar específicamente los renglones de gastos en los que se debe gastar o invertir el dinero fiscal que se entrega a cada una de las oficinas del gobierno.
    Casi nadie sabe que el artículo 126 de la Constitución ordena: No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por la ley posterior. Lo anterior significa lo que literalmente dice: todos los gastos de todas las dependencias u oficinas del Gobierno federal deben gastar sólo en lo que el Presupuesto de Egresos les autorice expresamente. Esto nunca se ha cumplido en los últimos 120 años.
    Durante algunos años, en el Siglo 19, el Gobierno federal se rigió por esa norma ineludible y todas las dependencias federales sometían a la autorización del Congreso primero y después de 1857 sólo a la Cámara de Diputados, la relación de gastos que deberían erogar durante el siguiente ejercicio anual.
    Los legisladores autorizaban y era imposible legalmente que cualquier dependencia gastara en algo no autorizado en el Presupuesto, a menos que hubiera una ley del Congreso que así lo autorizara, por ejemplo, la urgente construcción de una carretera destruida por un ciclón y que se realizaba una vez que el Congreso expedía una ley autorizando el gasto no previsto.
    Todavía hoy en día en Estados Unidos, el Presidente no puede gastar sino en aquellas erogaciones autorizadas detalladamente en el Presupuesto Anual que el Congreso le debe aprobar cada año, para ejercerse en el ejercicio fiscal que en ese país comprende del día primero de octubre al día último de septiembre siguiente.
    Cuando hay huracanes o terremotos, el Presidente solicita al Congreso que le autorice el gasto adicional necesario para reparar los daños y sólo cuando dicha autorización se ha emitido, el Poder Ejecutivo puede realizar el gasto.
    Primero por los regímenes revolucionarios que no estaban sujetos a norma alguna y después durante la larga era del PRI, nuestro país vivió durante más de 100 años en una forma rudimentaria, abusiva y desordenada, que se reflejó en el manejo del dinero fiscal por los funcionarios públicos encargados de gastarlo.
    Cada año la Cámara de Diputados autoriza una cantidad para cada dependencia del Gobierno federal y el funcionario responsable o el mismo Presidente de la República gastan en lo que consideran necesario, con límite sólo en el gasto total anual.
    Contratan empleados, compran vehículos, muebles de oficina, regalos navideños y "compensaciones económicas" discrecionales que no están sujetas --todavía hoy, en el 2006-- sino a reglas elementales y primitivas, cuyo propósito es precisamente que exista ambigüedad en el gasto y nula transparencia en los beneficios que se derivan de ese gasto. Por eso tenemos cada seis años nuevos millonarios enriquecidos con el gasto público manipulado.
    Adicionalmente, la excesiva facilidad para el gasto ha tenido como propósito, durante toda la larga era del PRI o sea 71 años, facilitar la corrupción de los funcionarios públicos, para lo cual inventan pretextos para no realizar licitaciones públicas para la compra de bienes y servicios y que también les sirve para contratar personal que haga su trabajo y ellos --los funcionarios jefes-- dedicarse a la grilla casi de tiempo completo.
    El cambio de partido en el gobierno en el 2000 no produjo ningún cambio en el gasto federal y en su vigilancia, porque es indispensable modificar las leyes en vigor y eso depende no del Presidente sino del Congreso, quien buen cuidado ha tenido para mantener las cosas como conviene a todos.
    Sólo algunos casos especiales de corrupción que por razones políticas son útiles al Poder Legislativo o al Ejecutivo, han tenido difusión y vigilancia, aunque son casos aislados.
    Es necesario que los ciudadanos tengamos educación política y económico-jurídica, para que empecemos a obligar a los legisladores federales y estatales a modificar las leyes y crear normas que cumplan con la obligación constitucional de autorizar cuidadosamente los gastos y vigilar al detalle el cumplimiento de las leyes que regulan el gasto público para evitar la corrupción. Se trata de un derecho constitucional que nunca hemos ejercido, lo cual ha propiciado todas las crisis económicas y financieras que han quebrado al país en los últimos 30 años del PRI.
    Para demostrar la negligencia legislativa tanto federal como estatal, basta decir que hasta ahora, la defraudación fiscal por los particulares, por pequeñas cantidades, se considera un delito grave y en cambio, el peculado o apropiación ilegal de dinero fiscal por los servidores públicos, mediante la corrupción en la compra de bienes y servicios y también en el gasto irregular no autorizado, no es delito grave. El contraste es evidente y los partidos políticos de oposición nunca han tratado de acabar con el contrasentido.
    El colmo del cinismo presupuestario se publicó el lunes por el diario Reforma, al informar que la Suprema Corte de Justicia gastó en el último mes del año pasado, más de 500 millones de pesos que no había erogado, para evitar tener que devolverlo a la Tesorería de la Federación, como es la obligación de cualquier dependencia federal, si no gasta parte de su presupuesto.
    Compras urgentes, sin licitación, de vehículos, compra de terrenos para las "casas de la cultura jurídica", traspasos de fondos para los fideicomisos de jubilaciones futuras, fueron sólo algunos gastos de última hora que nuestro máximo tribunal federal realizó con prisa, para evitar la devolución del dinero.
    Ninguno de los señores jueces de la Suprema Corte, la Constitución los denomina inexplicablemente "ministros", ignora que nuestra Constitución ordena en su artículo 126 la necesidad de que todo gasto federal esté autorizado previamente por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos.
    Sin embargo, si todos los funcionarios de todas las dependencias del Gobierno federal gastan arbitraria y gustosamente, ¿por qué no la Suprema Corte?
    La Suprema Corte debería poner el ejemplo en extremar el cuidado y la transparencia en el gasto público. Las licitaciones para la compra de bienes y servicios del Poder Judicial Federal deberían ser las más escrupulosas en el cumplimiento de la ley, para demostrar que es posible cumplir con las pocas normas que tenemos y que protegen el uso lícito y necesario del gasto público.
    No es así. En cambio, los litigantes en asuntos federales se quejan de los cambios realizados en las normas procesales de la Ley de Amparo que obligan a los tribunales federales a notificar a los interesados personalmente, para permitir las notificaciones por estrados o lista de acuerdos del tribunal, lo cual es una grosería y un grave daño a las personas involucradas, por decir lo menos.
    Si trasladamos el problema a los estados, encontramos una situación mucho peor. El presupuesto anual es sólo un requisito formal para poder decir que el Poder Ejecutivo cumplió con la ley local y que el Congreso local autorizó el gasto público.
    Los ayuntamientos están integrados por mayoría, por regla general, por regidores del mismo partido político del Alcalde, por lo que todo lo que el Alcalde propone es aprobado sin problemas.
    Estas normas que facilitan el gasto público sin vigilancia, sin transparencia y sin control real por el Legislativo, son la herencia de la larga era del PRI. Por regla general, ni el PRD ni el PAN han logrado obtener mayoría en los congresos locales, salvo algunos casos excepcionales, en los cuales se ha hecho evidente que ninguno de ambos partidos tiene la intención de cambiar las reglas cómodas de gasto heredadas del PRI.
    En Sinaloa, todos los gastos propuestos por el Poder Ejecutivo son invariablemente aprobados por el Congreso local y todos los gastos realizados por el gobierno estatal son aprobados por el mismo Congreso, al revisar los comprobantes respectivos. Todo está siempre bien. Por supuesto, tanto legisladores como Gobernador son del mismo partido político.
    Nos hace falta mucha educación política, pero ¿aprenderemos alguna vez a obligar a los funcionarios a gastar legal, honesta y cuidadosamente nuestro dinero fiscal?