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"En Tribunales"

"Se les viene la noche"

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    De acuerdo con la reciente sentencia dictada por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el amparo indirecto 1072/2017 promovido por el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, de la interpretación de los artículos 25 y 109, fracción III de la Constitución Federal y de los artículos 2°, 3° y del 6° al 10 de la Declaración Sobre el Derecho al Desarrollo de las Naciones Unidas, se desprende el derecho humano que tenemos los ciudadanos para denunciar actos de corrupción.
    Esta sentencia es muy importante en virtud de que, reconocer que el combate a la corrupción tiene rango de derecho humano, implica que los actos y omisiones de las autoridades encargadas de prevenir, perseguir, procesar y castigar actos de corrupción, pueden ser combatidos mediante el juicio de amparo.
    A través de un amparo, por ejemplo, se podrá exigir que las autoridades encargadas de investigar las denuncias ciudadanas, no solo las reciban y ya, sino que efectivamente investiguen los hechos denunciados y sigan los procedimientos correspondientes hasta que la falta sea castigada.
    En pocas palabras, mediante un amparo se puede combatir la impunidad y la complicidad que existe en los Órganos Internos de Control, las oficinas de los Síndicos Procuradores, la Auditoría Superior del Estado y la Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas, que es la causa por la que las denuncias ciudadanas se mantienen en la “congeladora” o de plano se resuelven cínicamente en beneficio del denunciado, a pesar de estar probada plenamente su responsabilidad. 
    Haciendo uso de una interpretación convenenciera del artículo 43 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, las autoridades municipales encargadas supuestamente de investigar las denuncias ciudadanas presentadas, trataban de excluir o atar de manos a quienes han presentado esas denuncias, afirmando que, aunque pueden presentarlas y ofrecer pruebas, no pueden hacer nada más. Ni siquiera solicitar copias del expediente y menos combatir la decisión que absuelve al denunciado.  
    La importancia de la sentencia de amparo a que me refiero es que sostiene firmemente que tratándose del combate a la corrupción y de las denuncias por faltas administrativas de todo tipo, no estamos hablando de un derecho cualquiera, sino de un derecho humano, que se encuentra a la altura de todos los demás derechos humanos protegidos por la Constitución Federal y por los tratados internacionales celebrados por nuestro país.  
    En lo personal, confió en que, a nivel nacional y municipal, las próximas administraciones emprenderán un combate a la corrupción frontal y a fondo, de manera que no será necesario tener que estar presentando amparos para que las investigaciones avancen y las sanciones correspondientes se apliquen.
    Pero mientras ellos entran en funciones, esta sentencia de amparo es una excelente herramienta para usarla contra quienes aún no entienden que los ciudadanos estamos hartos de que se roben el dinero público aprovechándose de sus puestos y en complicidad con sus cuates. 
     

    Parafraseando a un amigo mío muy activo en el combate a la corrupción: “A los corruptos…se les viene la noche”.

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