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"EN TRIBUNALES"

"¿Viaja en avión?"

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    El viernes pasado, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó varias jurisprudencias relacionadas con la Ley de Aviación Civil y los derechos de los consumidores de los servicios que prestan las aerolíneas, en vuelos nacionales o internacionales.
    Dentro de las publicadas, destaca una que, si usted viaja en avión dentro del país, le va a gustar. En esa jurisprudencia la SCJN dice que, dependiendo de la capacidad de la aeronave, todos los usuarios en vuelos nacionales tenemos derecho a documentar gratuitamente hasta 15 o 25 kilogramos de equipaje y, además, podemos llevar en la cabina del avión, también gratuitamente, hasta dos piezas, cuyo peso sumado no exceda los 10 kilogramos, debiendo tener cada pieza (de las que lleva en cabina), una dimensión máxima de hasta 55 centímetros de largo, 40 centímetros de ancho y 25 centímetros de alto.
    En pocas palabras, si en su próximo viaje en avión dentro del país, usted quiere documentar una pieza de equipaje de entre 15 a 25 kilogramos, no le pueden cobrar por ella y, además, le deben permitir llevar en cabina hasta dos piezas, con los pesos y dimensiones que ya mencioné.
    Y en cuanto a los vuelos internacionales, la SCJN también dijo que las reglas para documentar equipaje y llevar equipaje en la cabina del avión, están sujetas a lo que dicen los tratados internacionales los cuales, por cierto, son o más benévolos que las reglas nacionales o muy parecidos.
    ¿Y qué pasa si no le quieren respetar lo que dijo la SCJN? La recomendación es que les pida que se lo digan por escrito, con sello y firma de la aerolínea o que los grabe con su celular, para contar con pruebas de que no respetaron su derecho, a fin de posteriormente demandar a la aerolínea.
    Si lamentablemente tiene que demandar a la aerolínea, no pierda su tiempo en la PROFECO, según nuestra experiencia ¡No sirve para nada!
    Mejor háganos llegar un correo electrónico a la dirección  info@acsinaloa.com, platíquenos por ahí su caso y anexe los documentos que tenga, que serían el boleto electrónico y su pase de abordar y, si se la entregan, la carta firmada y sellada por la aerolínea donde le niegan el derecho o el comprobante del cobro que le hicieron por documentar su equipaje. 
    Nosotros evaluaremos gratuitamente su caso y si detectamos que existe la opción de presentar una acción colectiva, le avisaremos para que esté atento y pueda aprovechar la sentencia que se dicte en favor de la colectividad (30 o más personas como usted). 
    Las acciones colectivas que buscan proteger los derechos de los consumidores, al menos las promovidas por nosotros, han demostrado ser muy efectivas para equilibrar la balanza entre proveedores abusivos y consumidores, que durante años estuvo inclinada en favor de los abusivos. 
    La SCJN ya hizo su trabajo resolviendo los casos relacionados con la jurisprudencia que le comentó y publicándola, nosotros haremos el nuestro si encontramos materia para una demanda de acción colectiva con suficientes méritos para ganarse, ahora les toca a ustedes, los usuarios de vuelos nacionales e internacionales hacer el suyo: enviarnos el correo electrónico que le digo. 

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