"Avala Congreso del Estado reforma que eleva a rango constitucional programas sociales"

"Se crea un Sistema de Salud para el Bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social"

CULIACÁN._ El Congreso del Estado de Sinaloa avaló la reforma que eleva a rango constitucional programas sociales, como los apoyos económicos para personas con discapacidad permanente, para adultos mayores y becas para estudiantes.

Y se crea un Sistema de Salud para el Bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

En sesión extraordinaria los diputados aprobaron la minuta que envió la Cámara de Senadores por el que se reforma y adiciona el artículo 4to. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Bienestar.

Esta minuta fue aprobada con 30 votos a favor y uno en contra en esta sesión extraordinaria. Durante la discusión, el diputado del PAN, Jorge Iván Villalobos Seáñez y la legisladora de Morena, María Victoria Sánchez Peña, hablaron a favor.

De acuerdo con el artículo 135 de esta Constitución, para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados.

Después de la apertura del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, se abrió una sesión extraordinaria donde se sometió a discusión y votación la minuta que el Senado envió dirigida a la Presidenta de la Mesa Directiva, Gloria Himelda Félix.

Con esta reforma constitucional, el Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente. Para recibir esta prestación, tendrán prioridad las y los menores de 18 años; los indígenas, así como los afromexicanos hasta la edad de 64 años y las personas que se encuentren en condición de pobreza.

Las personas mayores de 68 años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la Ley. En el caso de los indígenas y los afromexicanos esta prestación se otorgará a partir de los 65 años de edad.

El Estado establecerá un sistema de becas para los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública, con prioridad a los pertenecientes a las familias que se encuentren en condición de pobreza, para garantizar con equidad el derecho a la educación.

LOS TRANSITORIOS

La Minuta del Senado contempla tres artículos transitorios. En el primero se establece que el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El segundo indica que el Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de 365 días a partir de la entrada en vigor del mismo, debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para garantizar los derechos derivados del presente Decreto.

El último transitorio indica que el monto de los recursos asignados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en el presupuesto de las entidades federativas del ejercicio fiscal que corresponda, para los programas de atención médica y medicamentos gratuitos, de apoyo económico para personas que tengan discapacidad permanente, de pensiones para personas adultas mayores, y de becas para estudiantes que se encuentren en condición de pobreza, no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior”.

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