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"Ley de Sociedad de Convivencia"

"Piden legalizar en Sinaloa uniones del mismo sexo"

"Los autores consideran necesario construir un marco legislativo que proteja las diversas formas de convivencia, que erradique y prevenga la discriminación y promueva una cultura de respeto a la diversidad social"

    En la 59 legislatura de Sinaloa se presentó una iniciativa de Ley de Sociedad de Convivencia, que en el Distrito Federal, donde ya fue aprobada, originó polémica nacional.
    Sus autores son integrantes del Partido Socialdemócrata, como el ex petista Raúl Elenes, coordinador estatal; Enrique Díaz, vicecoordinador, y Jorge Rodríguez Pasos, ex Alcalde mazatleco.
    En la exposición de motivos, éstos advierten que es una realidad irrefutable las parejas del mismo sexo en la sociedad mexicana, aunque hasta el momento no exista registro estadístico oficial sobre éstas.
    Aunque la Sociedad Mexicana de Sexología Humanista Integral estima que alrededor del 20 por ciento de la población tiene o ha tenido parejas del mismo sexo, señalan.
    "En un Estado Democrático de Derecho, no existe razón, ni fundamento jurídico alguno, que sustente la falta de reconocimiento de derechos civiles y sociales a miles de ciudadanas y ciudadanos, por causa de la prevalencia de un prejuicio más o menos generalizado respecto de la diversidad sexual y afectiva", argumentan.
    Los autores consideran necesario construir un marco legislativo que proteja las diversas formas de convivencia, que erradique y prevenga la discriminación y promueva una cultura de respeto a la diversidad social.
    "Al impulsar lo anterior, Sinaloa avanzaría en el reconocimiento y garantía de los derechos humanos", consideran.
    El proyecto, de 26 artículos y dos transitorios, plantea dar certidumbre legal a las personas del mismo sexo que viven juntas.

    Sigue la de Figueroa...
    Juan Figueroa, Diputado del PRD, quien planteó la despenalización de la mariguana, reiteró que presentará otro proyecto sobre el mismo tema.

    Hogares comunes

    *Uniones se registrarán ante ayuntamientos.
    *Entre convivientes se generarán derechos sucesorios (herencias y otros).
    *Compartirán derechos y obligaciones.
    *Obligación recíproca a proporcionarse alimentos.

    Fuente: Iniciativa. 


    ¿Qué es?

    La Sociedad de Convivencia es un acto jurídico bilateral que se constituye, cuando dos personas físicas, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua.

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