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"Revés a decisión de transparencia"

"Recula Rosa Lizárraga: expediente Echeverría será entregado siempre y cuando no haya otra causa penal"

"La Comisionada presidenta de la CEAIP sostuvo que su voto sea de entregar la versión pública del expediente de Ernesto Echeverría Aispuro siempre y cuando no haya una causa penal que involucre a otras personas"

Tras la decisión histórica de la Comisión Estatal de Acceso a la Información de desclasificar el expediente del ex Secretario de Salud Ernesto Echeverría Aispuro, la Comisionada presidenta Rosa Lizárraga Félix condicionó su voto y dio apertura a que la Fiscalía General del Estado mantenga cerrada la carpeta.

En la sesión ordinaria de la CEAIP llevada a cabo este miércoles, Lizárraga Félix condicionó su voto a favor de que se abra la versión pública del expediente del caso Echeverría siempre y cuando no haya una causa penal abierta.

Para sustentar su condicionamiento del voto emitido, dio lectura a dos informes entregados por el Supremo Tribunal de Justicia sobre la causa penal 562/217 en el Juzgado de Primera Instancia de Control y Enjuiciamiento Penal de la Región Centro del Estado.

 

 

“La causa penal, señala el Supremo Tribunal de Justicia no ha concluido, existe auto de apertura a juicio, se agrega la situación legal de las personas que fue resuelta a través de extinción conforme a los artículos 327 fracción 5, y 485 fracción 10 del Código Nacional de Procedimientos Penales quedando en trámite un proceso en el cual se dictó el referido auto de apertura a juicio”.

“Que por resolución del 28 de mayo de este año emitida por el Comité de Transparencia del Poder Judicial del Estado se ha establecido que la información contenida en la causa penal antes citada de referencia es clasificada como reservada”.

En el segundo informe que dieron lectura señala que la causa penal no ha concluido y que existe auto de apertura a juicio y que dentro de la acción penal este asunto está parcialmente sobreseguido.

“El Juez de control resuelve con fundamento en los artículos 327 fracción 6, 329 y 485 fracción 10, todos del Código Nacional de Procedimientos Penales que se decreta la extinción de la acción penal parcialmente a favor de uno de los involucrados por haber cumplido con lo establecido en la solución alterna correspondiente renunciando al consenso las partes de la misma audiencia al plazo para interponer recurso de apelación siendo así queda firme el sobreseguimiento decretado”.

“Atendiendo a estas consideraciones como lo pronuncié en el pasado pleno en esta Comisión, yo sostengo mi voto en el sentido revocatorio para que se entregue la versión pública del expediente de la carpeta de investigación siempre y cuando no exista una causa penal abierta porque se trata de varias personas involucradas”, detalló Lizárraga Félix.

En la sesión del miércoles 26 de junio la CEAIP resolvió que se abriera la versión pública del expediente del caso Echeverría tras la impugnación mediante un recurso de revisión interpuesto por Iniciativa Sinaloa, que buscó a través de acceso a la información tener acceso a la carpeta.

El proyecto fue presentado y defendido por la Comisionada Ana Martha Ibarra López Portillo. El recurso de revisión es el 23319-2.

Ibarra López Portillo señaló que no se le informó sobre la nueva discusión del tema que ya estaba votado.

“Para mí había quedado aprobado y sí habías mencionado eso pero pues yo lo que sostuve en el pleno anterior es que ustedes tuvieron el expediente, todos los asuntos se discuten en el pleno para eso son estas sesiones”, comentó.

“Se supone que tenemos dos días para revisarlo, podían tener acceso al expediente, revisar las pruebas que consideraran, cualquier duda pues plantearla lo cual les sería aclarado, creo que para mí eso ya estaba aprobado y considero que nosotros no podemos revocar nuestras propias resoluciones, pero en fin, la mayoría es la que decide”, refutó.

En su intervención comentó que los fragmentos leídos por Lizárraga Félix no son una novedad, pues es algo que refirió la sesión pasada.

“La carpeta de investigación ya culminó y por eso solicitamos precisamente que se diera una versión pública para no afectar derechos de terceros” , sostuvo.

“En el nuevo juicio penal acusatorio, es precisamente un sistema nuevo donde hay una mayor publicidad, transparencia, contra el principio de contradicción las pruebas de la carpeta de investigación ya no son prueba plena, ahora las pruebas se presentan ante el juez que es distinto el juez del juicio oral al juez de control que es el juez de garantías”, detalló.

El Comisionado Tomás Medina Rodríguez sostuvo su voto en contra de que se abra el expediente de Echeverría.

“Yo entiendo que tal vez hay una inercia a seguir haciendo las cosas como se hacían antes pero respeto la decisión de la mayoría”, criticó Ibarra López Portillo.

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