"Tribunal Electoral determina que El Químico ejerce violencia de género y acoso laboral contra Síndica Procuradora"

"Ordenan magistrados abstenerse de obstaculizar el trabajo de la funcionaria de Mazatlán, proporcionar información y ofrecer una disculpa pública"

El Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa consideró que la Síndica Procuradora de Mazatlán, Elsa Bojórquez Mascareño, es objeto de violaciones al derecho político electoral de ser votada, por la realización de actos y omisiones que constituyen violencia política contra las mujeres por razón de género y de acoso laboral.

Por tal motivo, con cuatro votos a favor y uno en contra, se ordena al Presidente de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres y a otras autoridades municipales, como garantía de no repercusión, que se abstengan de obstaculizar el pleno ejercicio del cargo de Síndica Procuradora; que proporcionen toda la información, documentación y recursos para que pueda desarrollar de manera efectiva el cargo que desempeña, que ofrezcan una disculpa pública en la primera sesión de Cabildo luego de ser notificados.

Asimismo, vinculan la resolución al Instituto Sinaloense de las Mujeres para que brinde la ayuda necesaria a la afectada y realice talleres y cursos con los funcionarios públicos municipales respecto de violencia política en razón de género.

El pleno del TEES realizó la Sesión Jurisdiccional 12 de junio de 2020, en la que discutieron juicio ciudadano registrado como TESIN JEP02/2020, promovido por Bojórquez Mascareño contra el Alcalde y diversas autoridades municipales por la existencia de violaciones al derecho político electoral de ser votada en su vertiente del ejercicio del cargo por violencia política contra las mujeres en razón de género; y, por violencia laboral.

El proyecto fue presentado por la magistrada Maizola Campos Montoya, y propuso estimar fundados los agravios vertidos por Bojórquez, en razón de que en el análisis de la actuación de los funcionarios se lograron acreditar diversas irregularidades que impiden el debido ejercicio del cargo de Síndica Procuradora para el que fue electa.

“Ello, porque las acciones perpetradas por los funcionarios municipales no solo reflejan la falta de respuesta a diversos oficios, y la omisión de atender las solicitudes de la Síndica y ello conlleva la paralización de sus funciones fundamentales del Ayuntamiento, encargado, esencialmente de velar por los intereses del Gobierno Municipal”, expresó Campos Montoya.

Argumentó que la Síndica Procuradora obtuvo oposición para hacer revisiones y auditorías; se le negó el ejercicio de su presupuesto de egresos; el Órgano Interno de Control es omiso al atender sus solicitudes.

“Y están las expresiones desafortunadas del Alcalde sobre la Síndica Procuradora y su labor, las cuales no constituyen una irregularidad, pero sí reflejan la ausencia de un escenario propicio para que la Síndica Procuradora desarrolle su cargo sin menoscabo a su imagen pública”, se asentó.

Se señaló que el contexto general adverso constituye acoso laboral, pues las irregularidades se dan en el desarrollo del trabajo, se presentan de manera sistemática, impiden el debido cumplimiento de sus facultades, afecta su autoestima y se dan entre personas que ocupan una categoría jerárquica inferior.

Además del Alcalde, se señaló a los integrantes de la Comisión de Gobernación, al Tesorero Municipal, al Oficial Mayor, al titular de Recursos Humanos, al Órgano Interno de Control al gerente de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán, al titular de la Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano, al director del Instituto Municipal del Deporte para que se abstengan de obstaculizar el pleno ejercicio del cargo de Síndica Procuradora.

El TEES advirtió que mantendrá la medida de protección hasta que se compruebe que la Síndica se encuentra libre de cualquier riesgo.

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