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Fiscalía de Sinaloa

Abogado acusa a la Fiscalía de Sinaloa de apostar a que órdenes de aprehensión expiren

La Unidad de Órdenes de Aprehensión debería desaparecer, o cambiarse a los titulares, porque está extremadamente viciada, hay cientos de órdenes de aprehensión que están ahí empolvadas, dijo Daniel Cebreros Ordóñez, presidente de la Asociación Política de Abogados

El abogado Daniel Cebreros Ordóñez, presidente de la Asociación Política de Abogados, lamentó que en Sinaloa, desde la propia Fiscalía General del Estado se apueste a que las órdenes de aprehensión expiren para no cumplirlas.

Cebreros Ordóñez señaló además que esa es una de las áreas que la nueva fiscal, Sara Bruna Quiñónez Estrada, debe limpiar.

“La Unidad de Órdenes de Aprehensión, precisamente vamos a dar una nota, la estoy dando por adelantado, esa unidad debería desaparecer, o por lo menos cambiarse a los titulares, porque está extremadamente viciada, no hay órdenes de aprehensión que se ejecuten, por lo menos en mi caso tiene seis años y no he sabido que busquen al malhechor y así como la mía, hay cientos de órdenes de aprehensión que están ahí empolvadas”, dijo.

“Y esta unidad, lo que está haciendo, se dice, porque no me consta, de que se manosea, se manosea, en el argot jurídico, con los abogados, que se vende, van y si tienes orden de aprehensión, y ya no van para allá los familiares, ‘se les vamos a permitir, por una lana’ dicen, dicen los abogados, es un comentario genérico que se da”.

Cebreros Ordóñez es además un padre cuyo hijo fue asesinado por agentes de la Policía Estatal Preventiva, y como muchos otros, espera que uno de los tres policías involucrados en el absurdo ataque, sea detenido por la Unidad.

“... entonces yo creo que por salud de la misma unidad ésta debe de depurarse, ojalá el nuevo fiscal lo haga, pero lo peor de eso... sí hay órdenes de aprehensión preescritas”, revela.

El abogado explicó que cuando una persona es acusada de un delito, y sale una orden de aprehensión en su contra, ésta preescribe, luego de pasar un lapso de tiempo que arroja una fórmula matemática de los años que el delito señala como castigo en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Es decir, si una persona es acusada de un delito que tiene como pena máxima seis años, y mínima dos años, estos se suman, y la mitad, más un día, es el tiempo de preescripción de la orden. Es decir, cuatro años y un día.

“... si esa orden de aprehensión pasa cuatro años un día, llegan a agarrar al malhechor, un juez de oficio dice ‘esta orden de aprehensión ya preescribió”, lamentó.

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