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Leyes

Congreso de Sinaloa da primera lectura al dictamen para la reforma a la Ley Orgánica de la UAdeO

Aspirantes a direcciones regionales y rectoría deberán cumplir los mismos requisitos y evitar campañas proselitistas; la segunda lectura al dictamen y su discusión se darán el próximo miércoles

La legislatura local de Sinaloa dio primera lectura al dictamen de la reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Occidente aprobada el día anterior por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado.

La segunda lectura de ley y discusión correspondiente tendrán cabida el próximo miércoles 20 de marzo a las 13:00 horas, mientras tanto, la Junta de Coordinación Política seguirá atendiendo opiniones respecto al proceso de reforma a efecto de que esta acuerde el tratamiento que se le dará a dichos documentos.

El decreto presentado ante los diputados locales, destaca la reforma al artículo 28 en lo relativo a los requisitos para aspirar a la titularidad de rectoría, estos deberán presentar su candidatura ante el consejo Universitario y evitar las campañas de proselitismo.

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La persona titular de la Rectoría durará en su encargo cuatro años y podrá ser reelecta con las condiciones previstas en el artículo 31 de esta Ley, el cual establece ser electas mediante la democratización.

- Poseer la nacionalidad mexicana.

- Tener más de treinta y cinco años de edad al momento de su elección.

- Poseer como mínimo grado académico de maestría y preferentemente, grado de doctor.

- Poseer reconocidos méritos académicos y una sólida trayectoria en el ámbito de la educación superior.

- Ser miembro de la comunidad universitaria durante un período no menor de tres años.

- Ser persona honorable, de reconocido prestigio y competencia profesional.

- No ser funcionario o servidor público de la Federación, del Estado o del Municipio, al momento de la elección.

- No ser dirigente de partido político alguno, ni estar desempeñando cargos de elección popular al momento de su elección.

- No ser ministro de algún culto religioso.

- No haber sido sancionado por faltas graves, en el caso de pertenecer al personal académico de la Universidad.

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En el caso de los aspirantes a las direcciones regionales deberán cumplir con los mismos requisitos que para ser rector y deberán registrar su candidatura ante el Consejo técnico de su respectiva unidad regional.

Dentro de las facultades de la persona titular de rectoría se destaca el sometimiento, ante el consejo Universitario, el proyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la universidad para su aprobación, en su caso.

Además, deberá presentar un informe anual de las actividades realizadas el año anterior y designar al defensor de los derechos universitarios.

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El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial del estado de Sinaloa.

El consejo universitario dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigor del presente decreto realizará las modificaciones necesarias del estatus orgánico de la Universidad y demás reglamentos vigentes.

En un plazo de 60 días naturales a partir de la actualización del estatus orgánico que se refiere al artículo anterior el consejo universitario convocará a la renovación del mismo y de los consejos técnicos y de las direcciones de las unidades regionales conforme a las reglas establecidas en el presente decreto.

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