IEES determina que Imelda Castro incurrió en promoción personalizada y turna expediente al Senado
El consejo general del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa resolvió que la Senadora Imelda Castro Castro incurrió en promoción personalizada, luego de analizar una queja presentada por el Partido Acción Nacional en abril de este año, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y posicionamiento electoral adelantado.
Durante una sesión especial virtual, resolvió el procedimiento sancionador ordinario identificado con el expediente SE-PSO-002/2026, derivado de la denuncia interpuesta por el PAN el 7 de abril de 2026.
Como parte de la investigación, la Secretaría Ejecutiva del IEES revisó publicaciones en redes sociales, videos, bardas, lonas y notas periodísticas relacionadas con la legisladora.
Además, verificó información sobre publicidad pagada en Facebook y realizó diligencias para constatar los hechos denunciados.
El instituto informó que de los 67 eventos señalados por el partido denunciante, 41 ya habían sido objeto de procedimientos previos promovidos por el mismo quejoso y que incluso ya habían sido resueltos.
Tras el análisis de las pruebas, el Consejo General concluyó que sí se acreditan los elementos establecidos por la jurisprudencia electoral para configurar promoción personalizada.
Según la resolución, se comprobó el elemento personal debido a que en las publicaciones difundidas en Facebook aparecían el nombre, imagen y cargo de la Senadora.
Asimismo, durante las diligencias se localizaron bardas y lonas con referencias a Castro Castro, incluyendo materiales con una silueta femenina que, según la propia legisladora, aludían a su persona, aunque aseguró desconocer quién ordenó su colocación.
El IEES también consideró acreditado el elemento temporal, al señalar que la mayoría de los mensajes fueron difundidos entre enero y mayo de 2026, es decir, a pocos meses del arranque formal del proceso electoral local 2026-2027.
Respecto al elemento objetivo, el órgano electoral sostuvo que algunas publicaciones evidenciaban una intención de posicionamiento ante la ciudadanía, lo que actualiza la figura de promoción personalizada prohibida por el artículo 134 de la Constitución federal.
No obstante, el instituto descartó que existieran actos anticipados de precampaña o campaña.
En la resolución se establece que ni en las publicaciones, videos, bardas o lonas analizadas se encontraron llamados expresos al voto, solicitudes de apoyo electoral, referencias a plataformas de gobierno o promesas de campaña.
De igual forma, el Consejo General concluyó que no existen elementos para acreditar el uso indebido de recursos públicos.
Aunque se comprobó la contratación de publicidad en Facebook entre noviembre de 2025 y marzo de 2026, la investigación determinó que la responsable de la cuenta y de la inversión económica era la propia titular del perfil, sin evidencia de que los recursos provinieran de alguna institución pública.
Como consecuencia de la resolución, el IEES determinó existente la infracción por promoción personalizada atribuida a la Senadora y ordenó a la Secretaría Ejecutiva integrar un expediente con copias certificadas de todas las actuaciones para remitirlo a la Cámara de Senadores.
Será esa instancia la que deberá proceder conforme a sus atribuciones legales respecto de la conducta acreditada por la autoridad electoral sinaloense.