IEES ratifica inexistencia de infracciones en quejas del PAN y MC contra Imelda Castro
El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa ratificó inexistencia de infracciones en quejas del PAN y MC contra Imelda Castro Castro por presunta campaña anticipada.
El Consejo General IEES resolvió en sesión especial virtual la ejecución de sentencia derivada de los expedientes TESIN-REV-02/2026 y TESIN-REV-03/2026 acumulados, relacionados con los Procedimientos Sancionadores Ordinarios SE-PSO-005 y 006/2025 acumulados, promovidos por los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano.
Las quejas fueron presentadas en noviembre de 2025 en contra de la Senadora Imelda Castro Castro por presuntas violaciones a la normatividad electoral, consistentes en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña. También se denunció al partido Morena por presunta culpa in vigilando.
El IEES recordó que el pasado 10 de marzo de 2026, mediante el acuerdo IEES/CG012-2026, ya había determinado la inexistencia de las infracciones denunciadas, al considerar que no se acreditaron los elementos necesarios para establecer transgresiones a las normas constitucionales y electorales.
Posteriormente, el 17 de marzo, PAN y MC impugnaron esa resolución ante el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, que integró los expedientes TESIN-REV-02/2026 y TESIN-REV-03/2026 acumulados.
En sesión pública del 10 de abril, el tribunal revocó la resolución inicial para efectos de que el Instituto emitiera una nueva determinación, previa realización de una investigación exhaustiva.
Reponen diligencias e inspecciones
En cumplimiento de la sentencia, la Secretaría Ejecutiva del IEES repuso diversas diligencias de investigación, entre ellas una nueva verificación de publicaciones en Facebook y portales de noticias señaladas en las denuncias.
Además, se desahogó material técnico consistente en videos, levantando actas circunstanciadas sobre lo observado y escuchado en cada uno.
El 16 de abril de 2026 también se solicitó informe a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral respecto de posibles gastos relacionados con mobiliario, lonas o servicios para eventos en los que participó la senadora.
De igual manera, personal de las zonas norte, sur y de oficinas centrales fue habilitado para realizar inspecciones judiciales sobre bardas rotuladas en distintas partes del estado mencionadas en la queja.
Revisaron 127 eventos, 444 imágenes y 111 bardas
La nueva resolución incorporó de manera íntegra las actas circunstanciadas correspondientes, en las que se documentó la verificación de: 127 eventos, 444 imágenes fotográficas, 111 bardas y 21 materiales audiovisuales.
En cada caso se asentó la fecha de la diligencia, los elementos observados y la identificación del personal responsable.
No hubo llamados al voto ni referencias electorales
Tras el análisis del material, el Consejo General concluyó que no fue posible configurar el elemento temporal previsto en el artículo 134 constitucional, al no encontrarse en curso un proceso electoral cuya equidad pudiera verse afectada.
Asimismo, determinó que en ninguna publicación, video o frase impresa en bardas se desprendió algún llamado al voto a favor de la denunciada o en contra de otra fuerza política.
Tampoco se advirtieron propuestas de campaña, referencias a plataforma electoral, menciones a un proceso electoral o expresiones que permitieran concluir que aspiraba a un cargo de elección popular.
Sin responsabilidad para Imelda Castro ni Morena
Con base en criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como en la legislación electoral federal y estatal, el Consejo General resolvió que no se acreditó la difusión indebida de imagen personal, uso indebido de recursos públicos ni actos anticipados de precampaña o campaña atribuidos a Imelda Castro Castro.
En consecuencia, el IEES también concluyó que jurídicamente no puede declararse responsabilidad del partido Morena.