"Improcedentes, observaciones del Ejecutivo a las Cuentas Públicas; Congreso de Sinaloa las reenvió para publicarse"

"Por haber sido aprobados en el Pleno y ser facultad exclusiva del Legislativo, las observaciones a los Acuerdos de Cuentas Públicas del 2018 no procedieron y se pide se publiquen en el POE"
10/08/2020 14:40

CULIACÁN._ Luego de recibir observaciones por parte del Poder Ejecutivo respecto a los acuerdos enviados por el Congreso para su publicación en el Periódico el Estado de Sinaloa, en el Poder Legislativo encontraron que estas observaciones no son procedentes, por lo que fueron devueltas al Ejecutivo para su pronta publicación.

Los Acuerdos de las Cuentas Públicas fueron dictaminados, discutidos y votados por el Pleno antes del 31 de julio, como marca la Ley, para de ahí enviarlas por parte del Congreso del Estado de Sinaloa al Gobernador Quirino Ordaz Coppel para que fueran publicadas en el POE, pero en lugar de publicarlas, enviaron observaciones.

Por orden del Gobernador Quirino Ordaz Coppel, Gonzalo Gómez Flores, Secretario General de Gobierno del Estado presentó la respuesta al Poder Legislativo con las observaciones realizadas a los Acuerdos.

La Mesa Directiva resolvió reenviar estos Acuerdos al Ejecutivo, mediante el cual se rechazan los informes individuales de Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de ocho municipios y entes públicos estatales y municipales del ejercicio fiscal 2018 para que los publique en el Periódico Oficial, ya que el Pleno de la LXIII Legislatura en ejercicio de sus facultades constitucionales exclusivas los aprobó y estos se encuentran vigentes desde el día de su aprobación en términos de su Artículo Primero Transitorio.

Se remiten de nuevo al Ejecutivo para el único efecto de dar cumplimiento al Artículo Segundo Transitorio de los Acuerdos, que es: Publíquese en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

El artículo 42 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa establece que toda resolución del Congreso tendrá el carácter de Ley, Decreto o Acuerdo.

Las leyes y decretos se comunicarán al Ejecutivo firmados por el Presidente del Congreso, y por los Secretarios; y los Acuerdos, en todo caso, firmados sólo por los dos Secretarios.

Asimismo, el artículo 140 de la Ley Orgánica del Congreso define los acuerdos como las resoluciones, que por su naturaleza, no requieren para su validez, de la sanción, promulgación y publicación.

Precisamente, la naturaleza de la determinación relativa a la Cuenta Pública impide que le sean aplicables las reglas genéricas establecidas por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.

El pasado 6 de agosto, el diputado Juan Ramón Torres Navarro, Vicepresidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, envió oficio al Gobernador remitiendo de nuevo los Acuerdos aprobados.

“En aras del principio de transparencia y máxima publicidad de los actos de los poderes públicos, previsto en el artículo 6° Constitucional, se le hubo remitido –y se le remite de nuevo—para el único efecto de dar cumplimiento al Artículo Segundo Transitorio del propio Acuerdo”, se expuso.

La presidenta de la Mesa Directiva, Gloria Himelda Félix Niebla designó, comisionó y delegó facultades de representación legal al Vicepresidente Juan Ramón Torres Navarro para toda tramitación contenciosa que guarde relación con este producto legislativo.