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Elecciones 2021

Ordena Tribunal Electoral revocar candidaturas comunes de ‘El Químico’ y Estrada, además de Cosalá

Son candidaturas en las que los candidatos buscan la reelección, pero son partidos diferentes a los que los postularon en 2018

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó revocar la aprobación de las candidaturas comunes de Morena y el Partido Sinaloense que postularon para su reelección a Luis Guillermo “El Químico” Benítez y Jesús Estrada Ferreiro, en Mazatlán y Culiacán.

Además, bajo el mismo criterio, tomaron la decisión de revocar el registro como candidata a la reelección por Cosalá por la alianza Va por Sinaloa a Griselda Quintana García.

El criterio utilizado por la Sala Superior de Guadalajara del Tribunal Electoral es que han sido postulados por partidos diferentes a los que los hicieron ganaron hace tres años.

Ante ello, ordena una revocación parcial, en el que los partidos postulantes deberán buscar otros candidatos.

El Colectivo de Mujeres Activas Sinaloense reconoció que esta resolución del Tribunal Electoral se apega a lo que ellas ya habían impugnado en el tribunal local.

En el caso de Mazatlán y Culiacán, el PAS tendrá 48 horas para registrar candidatos a Presidentes Municipales, Síndicos Procuradores y Regidores de cada uno de los municipio que decidió llevar candidaturas comunes con Morena y buscan la reelección. Lo mismo deberán hacer en Cosalá el PAN y el PRD.

“La sala se pronunció sobre agravios que nosotros también hicimos valer, junto con el tema paridad de género, eran parte de la irregularidades que habíamos detectado en el actuar del Teesin; uno, era el tema de que nosotros estamos impugnando cuatro candidatos de la coalición PAS-Morena, y cuatro candidaturas del PAN-PRD, en Culiacán, Mazatlán, Ahome y Guasave”, explicó la doctora Tere Guerra Ochoa.

“Además de no respetarse el tema de la paridad total, también había otras irregularidades, que tenían qué ver con el hecho de que iban en una candidatura común, PAS-Morena, siendo que tratándose de reelección, tratándose de Culiacán y Mazatlán, que la reelección solo se permite para los partidos que postularon por primera vez al candidato que va a la reelección”.

La Sala Regional Guadalajara revocó los juicios de revisión constitucional 100, 101, 102, 103, 105 y 106.

“En los proyectos se estima que le asiste la razón a la parte actora al señalar que no debieron confirmar los registros impugnados individualmente que contendían bajo la modalidad de elección consecutiva, esto porque aún cuando habían sido registrados a través de una candidatura común, solo podían ser postulados por uno de los partidos políticos que los impulsaron en la elección inmediata anterior”, dice el proyecto leído en la sesión de la tarde de este viernes.

“... Por tanto en los proyectos se propone cada caso acumular los expedientes respectivos, modificar la sentencia impugnada y en vía de consecuencia revocar parcialmente el acuerdo”.

En la sesión de hoy, el TEPJF también revocó el registro para el Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática de Griselda Quintana García, candidata a la Alcaldía de Cosalá, quien por el Partido Revolucionario Institucional busca la reelección, pero sólo podía ser registrada, además del PRI, por el Verde Ecologista y Nueva Alianza, con los que llegó al poder en la pasada elección.

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