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Pago de utilidades en Sinaloa vence el 30 de mayo para empresas y el 29 de junio para personas físicas

La Dirección del Trabajo y Previsión Social llamó a trabajadores a esperar los plazos que marca la ley antes de presentar denuncias por incumplimiento en el reparto de utilidades
27/05/2026 14:52

El director de Trabajo y Previsión Social del Estado de Sinaloa, Marco Antonio Zazueta Zazueta, recordó que el plazo para el pago de utilidades a trabajadores vence el 30 de mayo en el caso de empresas constituidas como personas morales y el 29 de junio para personas físicas.

Explicó que actualmente todavía continúan vigentes los tiempos establecidos por la Ley Federal del Trabajo para cumplir con esta prestación laboral.

Detalló que el periodo de pago para personas morales inició el pasado 1 de abril y concluye el 30 de mayo, mientras que para personas físicas comenzó el 1 de mayo y finalizará el 29 de junio.

“Ahorita todavía estamos dentro de los tiempos”, señaló.

Indicó que algunas personas ya se han acercado a la dependencia para solicitar orientación debido a que desconocen las fechas límites para recibir sus utilidades.

Comentó que cuando un trabajador acude a denunciar la falta de pago, primero se le informa que debe esperar a que concluya el plazo legal correspondiente antes de presentar una queja formal.

Zazueta Zazueta explicó que, una vez vencidas las fechas establecidas, los trabajadores ya pueden acudir a interponer denuncias ante la autoridad laboral.

“Ahorita si viene algún trabajador a decir que no le han dado está prestación, prácticamente lo que le decimos es que espere, si es persona física, su patrón, que espere hasta el día último de mayo y si ya no le dieron la la prestación, pues ya puede venir a poner una queja a formal”, expresó.

Precisó que la Dirección del Trabajo realiza inspecciones periódicas para verificar que las empresas cumplan con esta obligación y revisa documentación relacionada con la declaración anual y el reparto de utilidades.

En caso de incumplimiento, señaló que las sanciones para los patrones pueden ir de 50 hasta 5 mil UMAS, dependiendo del tamaño del negocio y el número de trabajadores afectados.

Aclaró que la dependencia únicamente puede sancionar administrativamente a las empresas, pero no obligarlas directamente a pagar las utilidades.

“Nosotros no podemos obligar al patrón a que les pague, ellos tienen que buscar vía una demanda para poder obligar al patrón que se les pague. Nosotros lo que hacemos es que sancionamos al patrón para que no esté haciendo este tipo de prácticas”, resaltó.

Explicó que para exigir el pago, los trabajadores deben iniciar un proceso legal que primero pasa por una etapa de conciliación y posteriormente, si no hay acuerdo, por una demanda laboral.

Informó que durante el año pasado recibieron alrededor de 20 denuncias relacionadas con el no pago de utilidades, principalmente en pequeños comercios y negocios locales.