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SAT

Requisitos y proceso para tramitar la Constancia de Situación Fiscal

El 1 de julio es el límite para presentar la Constancia de Situación Fiscal, puede solicitarse a través de internet en el sitio www.sat.gob.mx o personalmente en las oficinas del SAT

Derivado de una migración de la factura electrónica 3.3 a la versión 4.0 el Servicio de Administración Tributaria solicita a los empleadores que todos los contribuyentes presenten su Constancia de Situación Fiscal.

Dicho documento incluye el nombre completo del contribuyente, su RFC, CURP, domicilio y régimen fiscal.

José Luis Rodríguez, administrador de Servicios al Contribuyente del SAT, explicó que la actualización de la factura electrónica entrará en vigor a partir del 1 de julio, fecha límite para presentar la Constancia de Situación Fiscal al empleador.

“Este va entrar en vigor a partir del primero de julio, creo que había una mala información de que ya todo se pedía en junio, pero es el primero de julio, por lo que tienen todo el mes para emitirla”, anunció.

La Constancia de Situación Fiscal es un documento personal y solo lo puede tramitar el contribuyente. Para solicitar el documento es necesario estar dado de alta en el SAT y contar con el Registro Federal de Contribuyente (RFC), la e.firma (firma electrónica) no es necesaria para realizar este proceso.

El proceso se puede realizar a través de internet en el sitio www.sat.gob.mx, la aplicación móvil SAT ID o de manera presencial en las oficinas del SAT.

Para solicitar la constancia de manera presencial no es necesario tener cita, solo presentar una identificación oficial y recibirá el documento impreso.

Para realizar el proceso a través de internet o la aplicación móvil el contribuyente debe acreditar su identidad, solicitar la constancia y en un lapso de tres a cinco días hábiles recibirá el documento vía electrónica.

“Este trámite se puede hacer aquí, físicamente, con su identificación oficial, no se requiere cita y se les entrega su Constancia de Situación Fiscal o lo pueden hacer con los medios electrónicos mediante el Sat ID, lo único que requieren es acreditar su identidad y en un lapso de tres a cinco días se les hace llegar vía electrónica su constancia”, explicó José Luis Rodríguez.

“Puede que no tenga firma electrónica, pero si tiene que tener un RFC, la firma electrónica es otro trámite, es complementario, es para realizar la mayoría de nuestros trámites vía nuestros portales pero no necesariamente tiene que tener firma electrónica para que tenga una constancia de situación fiscal”, agregó.

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