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Resolución

SCJN anula parte del delito de ‘halconeo’ en Sinaloa; resolvieron que podría abarcar ejercicio periodístico

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la fracción III del artículo 293 Bis del Código Penal de Sinaloa al considerar que su redacción vulnera la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información
26/01/2026 18:14

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la fracción III del artículo 293 Bis del Código Penal del Estado de Sinaloa, que sancionaba la obtención de información sobre acciones, operativos o ubicación de corporaciones de seguridad pública mediante cualquier medio tecnológico, al considerar que dicha disposición es contraria a la Constitución.

Durante la sesión celebrada este lunes, el Pleno de la Corte resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que se cuestionó la amplitud del tipo penal incorporado en la reforma aprobada por el Congreso de Sinaloa en abril de 2025, como parte de las medidas para combatir el denominado “halconeo”.

La mayoría de las ministras y ministros coincidió en que la redacción de la fracción anulada no delimitaba con claridad las conductas ilícitas, lo que abría la posibilidad de sancionar actividades protegidas por la libertad de expresión y el derecho a la información, como el ejercicio periodístico o la documentación ciudadana de asuntos de interés público.

Con la resolución, la SCJN determinó que la invalidez de la fracción III tendrá efectos retroactivos al 23 de abril de 2025, fecha en que entró en vigor la reforma al Código Penal de Sinaloa.

Esto implica que dicha disposición no podrá aplicarse desde ese momento y que las personas procesadas con base en ese supuesto podrán solicitar la revisión de sus casos conforme a la legislación aplicable.

El fallo no elimina en su totalidad el delito de “halconeo” del marco legal sinaloense, ya que el resto de las fracciones del artículo 293 Bis, que sancionan otras conductas relacionadas con la vigilancia, seguimiento o provisión de información con fines ilícitos, continúan vigentes.

La sentencia será notificada a las autoridades correspondientes y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, así como en los medios oficiales del estado de Sinaloa, para su plena entrada en vigor.

A partir del 22 de abril de 2025 entró en vigor la ley contra el halconeo.

La reforma incluye el acechar, vigilar, espiar o proporcionar información sobre actividades de servidores públicos. La Fiscalía General del Estado informó sobre un caso de vinculación a proceso por este delito y se aseguraron artefactos y un radio portátil al detenido a las dos semanas de que entró esta modificación legislativa.