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Reglamento

Talar árboles en Culiacán implica sanción, pero la desconocen funcionarios del Ayuntamiento

El Reglamento de Calles, Parques, Jardines y su Equipamiento, del Municipio de Culiacán, establece un arresto de hasta 36 horas a quien destruya vegetación
28/04/2025 11:22

En Culiacán, la Dirección de Parques y Jardines es la responsable de podar o talar árboles que estén en los espacios públicos, si la ciudadanía lo hace sin permiso, existen sanciones, pero los funcionarios del Ayuntamiento las desconocen.

En entrevista, el titular de la dependencia, Octavio Sánchez Silva, fue cuestionado por la poda de árboles en el centro de la ciudad, a lo que destacó que la Dirección interviene cuando la vegetación representa un daño para los inmuebles o las banquetas.

Aseguró que desconoce el monto que representa la multa por la poda o tala indiscriminada de los árboles por ciudadanos.

“Esa sanción, por ejemplo, están haciendo esa tala o esa poda, nosotros reportamos a Inspección y Vigilancia, ellos tienen una coordinación de Ecología, la sanción, sinceramente, no te sabría decir a cuánto asciende”.

Explicó que previo al retiro de ramas, la dependencia requiere un dictamen de la Dirección de Medio Ambiente, para determinar si realmente existe el riesgo.

El director de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Culiacán, Carlos López Castro también fue cuestionado por la sanción que implicaría cortar un árbol sin permiso, lo que aseguró desconocer.

“Nosotros somos un ente normativo, cuando se nos notifica que están haciendo una tala indebida, vamos al lugar, lo verificamos, tomamos las evidencias y se pasa al área ejecutora, que es Inspección Vigilancia”.

Detalló que en caso de una persona quiera que el Ayuntamiento pode o tale un árbol en la vía pública, esta debe acudir a la Dirección para que levanten el reporte, con las razones y dirección, para determinar si es viable.

El Reglamento de Calles, Parques, Jardines y su Equipamiento, del municipio de Culiacán, establece que está prohibido destruir los árboles establecidos en calles, avenidas, bulevares, calzadas, parques y jardines público, o podarlos sin permiso, según la fracción 2 y 10 del artículo 62.

Quien pode el árbol sin autorización debe pagar de 10 a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, de 1 mil 131.40 a 2 mil 262.80 pesos, según el artículo 71.

Mientras que destruir el árbol representa un arresto de hasta 36 horas, de acuerdo al artículo 72.

A pregunta expresa sobre la poda de un árbol que está sobre la calle Ángel Flores, que conforma al Barrio Mágico del Paseo del Ángel, Sánchez Silva comentó que fue porque las raíces dañaban el establecimiento de una cafetería.

“Es el dictamen que así procede, no podemos quitarlo porque no tenemos la maquinaria, cuando ya se dictamina el derribo es quitando el árbol”

N: ¿Van a quitarlo?

“Lo que se decidió fue reducir el volumen, no estamos a favor de quitar árboles, al contrario, tenemos buena comunicación con Guaiacum, estamos en pro de plantar, vamos a seguir en Niños Héroes, para que funcione el sistema de riego”.

Por otra parte, detalló que más de 40 reportes han recibido durante el 2025, para que el personal del Ayuntamiento acuda a cortar un árbol.