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Elecciones

Tribunal federal da revés al TEESIN y permite dobles candidaturas locales en Sinaloa

Sala Regional de Guadalajara revoca sentencia del Tribunal Electoral local respecto a la postulación simultánea de candidatos a cargos dentro de un Ayuntamiento, lo cual obligó a que IEES modificara lineamientos del proceso y partidos cambiaran candidaturas

La Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa que prohibió la postulación de perfiles para dos cargos de elección popular local durante el actual proceso electoral.

El 19 de abril, Teesin determinó que una persona no podría candidatearse por más de un cargo entre Presidencia Municipal, Regiduría o Sindicatura de Procuración de los ayuntamientos, ya que lo consideró incompatible por la naturaleza de los cargos.

Así, ordenó al Instituto Electoral del Estado que modificara el artículo 8 del Lineamiento para el actual proceso electoral, el cual determinaba “A ninguna persona se le podrá registrar a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, excepto las diputaciones según se señala en el artículo 73 del presente lineamiento”

Esta observación de la autoridad local forzó cambios en las listas de candidatos que buscaban una Alcaldía, pero que al mismo tiempo figuraban entre posibles Regidores por representación proporcional o mayoría relativa.

Las quejas presentadas ante la Sala Regional fueron llevadas por Movimiento Ciudadano y el Partido Revolucionario Institucional, y plantearon que el Teesin ignoró una excepción que, por Ley, permite efectuar dobles candidaturas en Sinaloa.

“Ello, pues el Tribunal local de manera indebida introdujo elementos ajenos a la controversia al pronunciarse sobre la inaplicación absoluta del artículo 22 de la Ley Electoral local, así como del numeral 8 del Lineamiento, lo cual en modo alguno constituyó la pretensión del PRI, la cual se enderezó hacia la obtención de una excepción adicional”, resolvió el Tribunal federal.

El mencionado artículo de la Ley De Instituciones Y Procedimientos Electorales Del Estado De Sinaloa establece que un aspirante a la Presidencia Municipal sí puede figurar al mismo tiempo como candidato a una Regiduría.

“A ninguna persona podrá registrársele como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, excepto en el caso de Presidente Municipal y Regidor”, se lee en dicho apartado.

Reacciones de partidos

El PRI, uno de los denunciantes, emitió un posicionamiento tras la resolución federal y criticó al Tribunal Electoral local, al cual señaló de ser manipulado por la Magistrada Presidenta, Carolina Chávez Rangel, hermana de Jesús Iván Chávez Rangel, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

“Continuaremos acudiendo a todas las instancias judiciales pertinentes para demostrar las irregularidades de quienes hoy manipulan a los órganos electorales locales, refrendando nuestro compromiso con la legalidad y los principios rectores del proceso electoral”, posicionó el partido tricolor.

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