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Elección

Tribunal revoca otra vez resolución del IEES que exonera a Imelda Castro de actos anticipados de campaña

El Tribunal Electoral consideró nuevamente que el IEES no agotó el análisis de las pruebas presentadas por PAN y Movimiento Ciudadano contra la senadora morenista
21/05/2026 16:08

El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa revocó, por segunda ocasión, una resolución del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa relacionada con las denuncias presentadas contra la Senadora de Morena Imelda Castro Castro por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso de recursos públicos.

La nueva resolución fue aprobada, por mayoría, este jueves 21 de mayo, luego de que PAN y Movimiento Ciudadano impugnaran nuevamente el fallo emitido por el IEES el pasado 27 de abril, en el que el organismo electoral reiteró que no existían elementos para acreditar infracciones por parte de la legisladora.

El caso deriva de una primera resolución emitida por el TEESIN el 10 de abril, cuando el Tribunal revocó por primera vez el acuerdo del Instituto Electoral al considerar que no había realizado una investigación exhaustiva ni analizado completamente el material probatorio presentado por los partidos denunciantes.

En aquella ocasión, los magistrados señalaron que el IEES omitió pronunciarse sobre 444 fotografías, 21 videos y diversas publicaciones relacionadas con eventos y bardas vinculadas a la senadora, además de no profundizar en las investigaciones sobre el presunto uso de recursos públicos.

Tras esa sentencia, el Tribunal dio al IEES un plazo de 10 días hábiles para emitir una nueva resolución.

Posteriormente, el 27 de abril, el Instituto volvió a concluir que no existían actos anticipados de campaña ni promoción personalizada, argumentando que en las publicaciones analizadas no había llamados al voto ni referencias directas a un proceso electoral.

Sin embargo, durante la sesión de este jueves, el TEESIN concluyó que nuevamente el Instituto se limitó a acreditar la existencia de bardas, videos, ligas electrónicas y publicaciones, pero sin analizar de fondo el contenido de las pruebas ni valorar adecuadamente los elementos denunciados.

La Magistrada Aída Inzunza Cázares recordó además que la Sala Regional Guadalajara confirmó recientemente la sentencia emitida el 10 de abril, coincidiendo en que el IEES había sido omiso en el estudio completo del expediente.

“El Instituto, efectivamente, lo único que hizo el instituto fue meterse a los links y acreditarlos: ‘sí existe, si existen los videos, si existe todo lo que me dicen’ y párale de contar”.

“En esa parte, no únicamente se lo ordenamos que describieran los elementos, motivos de la denuncia, sino que se pronunciara, porque se supone que eso que tú encuentras en la investigación es lo que va vas a resolver. No sé cómo emitieron la resolución, si no hubo ni siquiera un pronunciamiento de lo que viene en las fotografías que efectivamente dice el PAN”.

“Definitivamente no fue exhaustivo, nada más acreditó, pero no se pronunció respecto de lo que le habían pedido y pues mucho menos hubo una valoración probatoria, porque ninguna prueba, sin excepción, ninguna prueba fue valorada, no se calificó”, agregó.

Por su parte, el Magistrado presidente Edgar Donato Vega Márquez sostuvo que el Instituto está obligado a realizar una investigación “real y efectiva”, valorando las pruebas y relacionándolas con los hechos denunciados.

Además, advirtió que si el caso continúa regresando al Tribunal por las mismas omisiones, eventualmente el propio TEESIN podría asumir la investigación y resolver de fondo para evitar que el procedimiento se convierta en “una cadena interminable” y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

“... probablemente en su momento este Tribunal pueda entrar en plenitud del judicción y resolver desde aquí. Eso es lo que profesionalmente pudiera hacer, pero no es algo que decidamos pronto, depende del expediente, de cómo venga la impugnación, la evaluación que se da en su momento. No sé qué vaya a suceder, por lo pronto, lo real y un efecto inmediato es, se regresa para que estudien, investiguen más conforme a las imputaciones que le hacen al Instituto respecto de que no está haciendo trabajo correspondiente conforme a la ley. En este caso no es exhaustivo”, sostuvo.

En contraste, el Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza votó en contra al considerar que no existían elementos suficientes para acreditar las infracciones denunciadas.

El Tribunal volvió a ordenar al IEES emitir una nueva resolución en un plazo de 10 días hábiles, realizando una investigación exhaustiva y atendiendo todos los planteamientos hechos por los partidos denunciantes.