"Conozca los límites que no deben rebasar despachos de cobranza, porque pueden ser motivo de sanción"

"Condusef advierte que los despachos de cobranza, en muchas ocasiones, cometen acciones que además de incomodar a las personas, pueden ser motivo de sanción"
02/08/2019 15:48

Los despachos de cobranza tienen ciertos límites que no deben rebasar, aunque su trabajo sea recordar los adeudos y fechas de pago a los clientes morosos; debido a que los usuarios de servicios financieros no lo saben, éstos en muchas ocasiones cometen acciones que además de incomodar a las personas, pueden ser motivo de sanción.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros da a conocer las acciones que no deben hacer los despachos de cobranza, para que las personas puedan ejercer sus derechos correctamente como usuarios de servicios financieros.

Lo que pueden y deben hacer los despachos de cobranza

La Condusef explica que el trabajo de un despacho de cobranza es recordar su deuda a las personas en caso de visitar el domicilio o realizar una llamada telefónica de su parte, deberán presentarse como mínimo con los siguientes datos: nombre del ejecutivo o empleado, nombre del despacho y si representan a alguna institución financiera.

Al solicitar el pago de la deuda se debe hacer de una forma cordial y respetuosa, indicando el monto total a pagar y la fecha límite para el mismo; las visitas o llamadas telefónicas se deberán realizar en un horario de entre las 07:00 AM a un máximo de las 22:00 PM.

Condusef recomienda que si se recibe alguna llamada o visita, se solicite la información al respecto de los posibles intereses moratorios que se podrían generar en caso de no pagar el adeudo.

 

Lo que no pueden y deben hacer los despachos de cobranza

La Comisión detalla que los despachos de cobranza no pueden presentarse a nombre de alguna institución pública; llamar de algún número telefónico que aparezca como privado o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación, así como utilizar números distintos a los registrados en el Registro de Despacho de Cobranzas de la CONDUSEF.

Advierte que no deben hacer llamadas con un tono intimidatorio y mucho menos usar amenazas en contra del usuario de servicios financieros o de su familia; amenazar con la cárcel, ya que para llegar a este extremo primero tiene que existir una orden que determine el arraigo, es decir, que como deudor, se pudiera ocultar o ausentar. Para esto, un juez debe determinar el arraigo y si se viola ese mandato judicial o se decide abandonar el lugar de residencia, entonces sí habrá una orden de aprehensión, aunque la cárcel por deuda, sigue sin existir en nuestro país.

Condusef detalla no se deben enviar escritos que aparenten ser judiciales o firmados por una autoridad cuando en realidad sean de origen apócrifo o falso; exhibir la deuda en público mediante escritos, volantes, carteles o cualquier otro medio.

Además, no pueden recibir o solicitar el pago directamente, ni negociar una reestructura de la deuda., ya que eso se deberá hacer directamente con la Institución Financiera.

 

¿Y qué pasa si se presenta alguno de estos casos?

La Condusef señala que según el artículo 284 bis del Código Penal Federal se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos, a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal.

Advierte que si se utilizan además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad; si se incurre en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal.

Condusef dice que la institución es consciente de lo molesto que pueden llegar a ser dichas prácticas, por ello, pone a disposición de los usuarios el REDECO, https://phpapps.condusef.gob.mx/redeco_gob/redeco.php herramienta con la cual se podrán encontrar con cuáles despachos de cobranza trabajan las entidades financieras y así tener mayor certidumbre como usuario o deudor.

Señala que se podrá conocer información de los despachos: su denominación o razón social, nombre de las personas encargadas de realizar gestiones y de sus socios, domicilio y teléfonos utilizados, para poder presentar una queja en contra de las entidades financieras y recibir respuesta por el mismo sistema.

También se pueden presentar quejas de manera física en cualquiera de las Unidades de Atención a Usuarios de la CONDUSEF a nivel nacional, o a través del Centro de Atención Telefónica 01 800 999 80 80.

 

PARA SABER

Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal al uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o por cualquier medio para requerir el pago de una deuda, incluyendo créditos o financiamientos otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad.