"Deben iglesias cumplir obligación fiscal: SAT"
MÉXICO (UNIV/Sinembargo.MX)._ Ni los ayudantes de Dios se van a salvar de entregar la contabilidad electrónica este año. La iglesia que opera en México bajo la figura de asociaciones religiosas, que tienen un régimen similar al de las organizaciones sin fines de lucro, tiene que entregar cuentas al fisco de sus ingresos por limosnas, servicios eclesiásticos y donativos, así como de sus gastos no sólo como Dios manda, también a través del buzón tributario.
La disposición es para todas las asociaciones, independientemente del tipo de religión que profese. Es decir, para las más de 4 mil que están registradas en la Secretaría de Gobernación.
“La disposición legal es muy clara: como todos los contribuyente en el país (las asociaciones religiosas) van a empezar a cumplir con ciertas obligaciones. Por ejemplo, registrar en medios electrónicos la contabilidad de sus ingresos y para que también empiecen a utilizar la factura electrónica”, dijo el jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez.
De la información que reciba el SAT, se va a poder determinar si están cumpliendo con el régimen de asociación sin fines de lucro, porque de lo contrario, si obtuvieron otro tipo de ingresos que sean gravados tienen que pagar sus impuestos, advirtió en conferencia de prensa.
“El propósito es de control y no recaudatorio; de administración y de manejo de recursos que tienen las asociaciones para conocer quiénes sí están operando conforme a lo autorizado”, explicó.
La contabilidad electrónica la tienen que entregar cada semestre y todos los movimientos de gastos y egresos deben estar amparados por un comprobante digital para reportarlo de manera bimestral.
Sin embargo si se desvían del objetivo para la que fueron creadas, van a ser sujetas a auditorías y eso se puede determinar con la información que entreguen y generen de manera electrónica.
“Las iglesias tienen ingresos exentos que no están sujetos al pago de impuestos como las limosnas, los diezmos y el pago de las misas. No obstante, si la autoridad fiscal detecta que los ingresos de las asociaciones religiosas no van de acuerdo con estos fines y no están pagando impuestos por ello, vamos a hacer auditorías”, dijo.
“Lo que estamos haciendo en una primera etapa es que, como todos los contribuyentes en el país, empiecen a cumplir con ciertas obligaciones fiscales”.
Desde la Resolución Miscelánea Fiscal de 2014, las asociaciones religiosas deben expedir comprobantes fiscales, al igual que lo hacen los demás contribuyentes.
“Es una disposición que está ya desde 2014, hemos ido dándole gradualidad a estas asociaciones para que adopten estos mecanismos que nos permiten hacerle más fácil el cumplimiento a los contribuyentes”, destacó Núñez Sánchez.
“Se trata, como todos los contribuyentes en el País, que empiecen a cumplir con todas sus obligaciones como por ejemplo registrar en medios electrónicos que es la contabilidad, sus ingresos y que también empiecen a utilizar la contabilidad electrónica”.
Además, las iglesias tienen que estar inscritas en un padrón ante la Secretaría de Gobernación y en el Registro Federal de Contribuyente del SAT, por lo cual ya emiten facturas electrónicas.
El funcionario recordó que los ingresos por los servicios religiosos que ofrecen están exentos del pago de impuestos, pero como cualquier contribuyente se tienen que sujetar a las nuevas disposiciones que aprobó el Congreso en la reforma fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria informó ayer que se incluyeron a la lista pública de incumplidos 14 mil 966 contribuyentes exceptuados de la reserva fiscal.
De 14 mil 966 contribuyentes, 13 mil 322 corresponden a créditos firmes, 311 a créditos exigibles, mil 131 a créditos cancelados, 198 a créditos condonados y 4 sentencias condenatorias.
14 mil 966
Los contribuyentes incumplidos, reporta el Servicio de Administración Tributaria
13 mil 322
De los contribuyentes incumplidos corresponden a créditos firmes
311
A créditos exigibles
1,131
A créditos cancelados
198
A créditos condonados
4
Las sentencias condenatorias
--------
Lanza SAT aplicación eFirma para celular
CIUDAD DE MÉXICO (UNIV)._ El Servicio de Administración Tributaria lanzó la Firma Electrónica Portable, que ahora será posible cargar en dispositivos móviles como celular y tabletas.
Lo anterior, con el propósito de ofrecer opciones que faciliten al contribuyente el contacto con la autoridad fiscal y el cumplimiento de sus obligaciones, destacó el órgano recaudador de impuestos.
Explicó que se desarrolló la versión portable de la e.firma, antes conocida como Firma Electrónica Avanzada (Fiel), que podrán usar los 7 millones 765 mil 630 contribuyentes, personas físicas, que ya tenían su firma al cierre de 2014.
Recordó que la e.firma es un archivo digital que identifica al contribuyente y le permite realizar trámites por internet ante el SAT u otras dependencias del Gobierno; se trata de un archivo seguro y para hacer uso de ella es necesario un dispositivo de almacenamiento externo, como una memoria USB.
Pero para un manejo más sencillo se desarrolló la e.firma portable, que puede utilizarse desde cualquier teléfono inteligente o dispositivo móvil (IOS y Android), como un teléfono celular o una tableta electrónica, y se obtiene fácilmente a través del portal del SAT.
Según el SAT, lo único que se necesita para obtenerla es ingresar a la página de internet sat.gob.mx, y en el menú principal seleccionar Trámites, Servicios, e.firma portable y Alta el servicio.
Revisa SAT 174 mil cuentas de mexicanos en EU
CIUDAD DE MÉXICO (UNIV)._ El Gobierno de Estados Unidos entregó a las autoridades mexicanas información de más de 174 mil mexicanos con cuentas de inversiones financieras en instituciones de esa nación que probablemente no pagaron los impuestos correspondientes y que son candidatos a repatriar esos capitales.
La acción de revisión que emprendió la autoridad estadounidense forma parte del acuerdo de intercambio automático de información que firmaron ambos países con base en la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero.
El jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez, explicó que se encuentran en el análisis de la información de las 174 mil personas físicas y morales para emprender las medidas necesarias, lo cual va a depender del rendimiento que tuvieron en las cuentas.
“Ya tenemos montos e incluso el SAT hará una conferencia de prensa en donde vamos a avisar que esa información ha sido debidamente explotada y procesada, y que empezaremos a hacer actos de diferente naturaleza para que los contribuyentes que tienen cuentas en el extranjero, particularmente en este caso Estados Unidos para ver si efectivamente han estado cumpliendo con reportarlo en su declaración anual y en su caso acreditar el impuesto”, dijo el jefe del Servicio de Administración Tributaria.
En reunión con medios, Aristóteles Núñez explicó que si algunos de los mexicanos obtuvieron rendimientos por las inversiones que realizaron en Estados Unidos y se les hizo la retención del Impuesto Sobre la Renta local lo que procede es que de acuerdo con el tratado, para evitar la doble tributación, lo pueden acreditar en su declaración anual.
“Tenían que haberlo declarado y de no haberlo hecho entonces tienen que pagar sus impuestos”, señaló.
El funcionario consideró que los mexicanos titulares de esas más de 174 mil cuentas bancarias o de otras instituciones financieras pueden ser candidatos a acogerse al esquema de repatriación de capitales.
Repatriación de capitales.
Aristóteles Núñez recordó que en disposiciones aprobadas por el Congreso de la Unión se estableció la posibilidad de que los contribuyentes que tienen inversiones en el extranjero y que no habían hecho la declaración correcta del rendimiento de esas inversiones se les ofrezca un esquema para que puedan retornar esos capitales a México y salvar las contingencias penales por no haber cumplido en tiempo y forma.
“Tienen que pagar el Impuesto Sobre la Renta que corresponda, no tienen ninguna disminución, en su caso tendrían la condonación del recargo, de la actualización y de la multa si lo hacen de manera espontánea; es un proceso que durará seis meses”, puntualizó el funcionario.