Ordenan libertad inmediata a Alberto Fujimori
“Disponer la libertad inmediata del favorecido Alberto Fujimori Fujimori”, es la orden del Tribunal Constitucional de Perú, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó lo contrario el año pasado.
El indulto, otorgado a Fujimori el 24 de diciembre 2017, ya había sido anulado por el Poder Judicial en 2018, luego que la CorteIDH pidió al Estado peruano garantizar la administración de justicia para las víctimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, los casos por los que Fujimori fue condenado a 25 años de prisión.
En el documento del Tribunal Constitucional de Perú se señala que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de que el Estado peruano se abstenga de la liberación de Fujimori, dada en abril del 2022, “se contrapone a la ejecución de la sentencia constitucional del presente caso” y se advierte una “falta de competencia” de dicho tribunal internacional.
El Tribunal Constitucional sostiene además que “queda fuera de su competencia (de la corte) ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia, no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional”.
De acuerdo a El Comercio, el pronunciamiento se da tras un recurso de reposición presentado el jueves 30 de noviembre presentado por Alberto Fujimori, según el documento. Es decir, antes de que el juez de Ica emita su pronunciamiento devolviendo lo actuado. “El recurrente solicita que sea el propio Tribunal Constitucional el que ejecute la referida sentencia”, se subraya.
“Que una sala pueda ser competente para ejecutar la sentencia estimatoria que expidió, en ningún caso impIica que el juzgado de origen quede inhabilitado para conocer de la ejecución”, señala el Tribunal respecto a la controversia que se generó la semana pasada.
En la resolución, los magistrados del tribunal también refieren que Fujimori “ya ha cumplido aproximadamente las dos terceras partes de su condena, así como que tiene una avanzada edad (85 años) y su salud se encuentra resquebrajada”.
De acuerdo a información de La República, los miembros del Tribunal Constitucional que votaron a favor de la liberación de Fujimori fueron Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse; mientras que Helder Dominguez Haro emitió su “voto singular”, en el que declaró improcedente el pedido. No figuran las firmas de Manuel Monteagudo y César Ochoa.
Además, en la resolución emitida por el Tribunal Constitucional, los magistrados reconocieron que el Estado incumple lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sin embargo, señalaron que está fuera de su competencia ordenar la ejecución o no de una sentencia a un tribunal nacional.
“En todo caso, la Corte queda facultada para dejar constancia en una resolución que se mantiene abierto el procedimiento de supervisión o, si fuera el caso, informar a la OEA”, establece el documento.