Revisan Rastro TIF de Mazatlán ante denuncias de presuntas irregularidades

Vamos a revisar la parte de las operaciones administrativas, financieras y de recursos humanos, anuncia la síndica procuradora

La Sindicatura en Procuración del Gobierno de Mazatlán dio inicio a revisiones en las áreas de Alumbrado Público y el Rastro TIF, esto como respuesta ante las múltiples denuncias realizadas por ciudadanos.

Elsa Isela Bojórquez Mascareño, síndica procuradora, explicó que la revisión a alumbrado público con número de folio S.P.M. REV. 004/2021 arrancó el miércoles 16 de junio, aquí el enfoque primordial es verificar el uso de recursos, la operación interna y la administración del almacén.

“En cuanto a alumbrado público la revisión inició el miércoles y vamos a estar en condiciones de auscultar muy bien lo que tiene que ver con las compras, revisar si administrativamente están bien en cuestiones financieras, los procesos que realizan y que los están llevando a cabo conforme a sus documentos”.

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Detalló que esta revisión comprenderá el periodo del ejercicio fiscal 2020, del 01 de enero al 31 de marzo del presente año; este análisis de procesos obtendrá sus primeras observaciones y resultados durante un tiempo estimado de 22 días hábiles.

En el caso de la revisión del Rastro TIF con número de orden S.P.M.REV.005/2021, iniciada el pasado jueves 17 de junio, la síndica procuradora informó que esta abarcará procesos administrativos, operación interna y principalmente el área de recursos humanos.

“En cuanto a la revisión que se está haciendo en rastro, vamos a revisar la parte de las operaciones administrativas, financieras y vamos a revisar recursos humanos. Todo esto es por denuncias, vienen los ciudadanos, nos denuncian que es lo que está pasando en las dependencias y nosotros tenemos pendientes las que se hicieron por parte de alumbrado público y del rastro”.

Comentó que esta revisión, al igual que la de alumbrado público, se tiene prevista lance sus primeros resultados dentro de 22 días hábiles, con esto se atiende al Artículo 39 en sus fracciones IV, V, VIII y XII de la Ley de Gobierno Municipal de Mazatlán del Estado de Sinaloa.

Este proceso aplica el artículo 115 fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 110, 112 fracción I, y 114 fracción II párrafo quinto, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 39 de la Ley de gobierno Municipal del Estado de Sinaloa y 47 del Reglamento de Gobierno del H. Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; donde se estipula que la figura de la Síndico Procurador es competente para realizar visitas y revisiones a las dependencias de la administración pública municipal y descentralizada. Así mismo, requiere de la entrega de documentación o información necesaria.

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