Arturo Zaldívar explica que prófugos no pueden ser candidatos
El ex Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, explicó que una orden de aprehensión no basta para impedir que una persona sea candidata a un cargo de elección popular, pues se requiere además que el imputado se haya sustraído de la acción de la justicia.
Durante la conferencia de prensa matutina encabezada por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, señaló que la restricción prevista en el artículo 38, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos exige la concurrencia de dos elementos: uno normativo, consistente en la emisión de la orden de aprehensión, y otro material, relativo a la evasión comprobada del imputado.
“Decíamos ayer que la sola emisión de una orden de aprehensión no implica que se suspendan los derechos político-electorales, el artículo 38 no habla de la orden de aprehensión, habla de que una persona sea prófuga de la justicia y para eso se requieren dos elementos”, declaró.
Detalló el segundo requisito al precisar que debe existir constancia de que la autoridad buscó al imputado sin lograr su localización o detención.
“Un elemento material, que esta persona se sustraiga de la acción de la justicia, que haya evidencia que se le ha buscado, que se le ha querido localizar, que se le ha querido detener y que esto no ha sido posible”, expuso.
El criterio, según explicó, deriva de una jurisprudencia establecida en primer término por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y reiterada posteriormente por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En la gráfica presentada durante la conferencia se consignó que el artículo 38, fracción V, establece la suspensión de derechos por estar prófugo de la justicia desde que se dicta la orden de aprehensión, y que para ello el imputado debe haberse sustraído de la acción de la justicia.
Zaldívar Lelo de Larrea puntualizó que la determinación sobre la procedencia de una candidatura exige un análisis individualizado, a fin de verificar si la persona en cuestión actualiza o no las hipótesis previstas en la norma constitucional.
La aclaración ocurrió un día después de que la Presidenta de la República reconociera durante la conferencia matutina que había incurrido en un error al considerar que una persona con orden de aprehensión quedaba impedida para competir por la Presidencia de la República, en referencia al ex Gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
El coordinador general de Política y Gobierno había expuesto que los criterios judiciales vigentes permitían el registro de una candidatura pese a la existencia de una orden de captura, dado que dicha medida no suspende de manera automática los derechos político-electorales.