Caso de bebé abandonado en Tultitlán expone fallas estructurales en educación sexual y acceso al aborto
Tamara Mares
El abandono de un recién nacido en Tultitlán, Estado de México, generó indignación en todo el país; sin embargo, no es un caso aislado, sino parte de un problema estructural. Entre 2019 y 2023, se registraron 5 mil 659 niñas, niños y adolescentes víctimas de abandono y/o negligencia, lo que equivale a un promedio de mil 131 casos por año, de acuerdo con la organización Redim, con base en cifras de la Secretaría de Salud.
El pasado 11 de febrero, una cámara de vigilancia captó cuando el joven Lucio David “N”, de 18 años, dejó en la vía pública a su bebé recién nacido, que se encontraba dentro de una bolsa de plástico.
El bebé fue rescatado por policías y trasladado a un hospital público local para recibir atención médica. En cuanto se hizo viral el video, la sociedad reaccionó consternada, incluso la madre de Lucio David “N” lo entregó a las autoridades.
En redes sociales y medios de comunicación surgió un debate sobre la responsabilidad de los padres jóvenes, pero expertas hacen un llamado a reflexionar sobre las fallas estructurales que inciden para que un hecho así suceda.
Desde la mirada de la Red por los Derechos de la Infancia (Redim), casos de abandono de bebés como ocurrió en Tultitlán son una muestra de las deudas que tienen tanto la sociedad como el gobierno con los adolescentes y adultos jóvenes.
“La sociedad, el país, el Estado les fallamos si les llevamos al extremo de tener que hacer algo así”, expone la directora ejecutiva de Redim, Tania Ramírez. “Sin redimir de la responsabilidad a ambos, [valdría la pena] entender más bien cuáles fueron las fallas que estos dos adolescentes, ahora jóvenes, vivieron para llegar a una situación tan extrema como la que vimos”.
Falta educación sexual integral
Para Tania Ramírez un punto clave en el caso es la deuda que tienen los adultos con la niñez y los adolescentes en materia de educación sexual.
“En nuestra experiencia y en los diálogos que hemos tenido con la niñez y adolescencia, sabemos que sí, que desde el mundo adulto todavía les estamos quedando mucho a deber a los chicos y a las chicas en términos de la educación sexual integral. Y por integral me refiero a la dimensión emocional, a la dimensión médica, a la dimensión social, o sea, poder hablar sin prejuicios de sexo”, recalca.
En un análisis de los resultados de la Encuesta Nacional de Salud 2022, titulado “Salud sexual y reproductiva en población adolescente y adulta en México”, investigadores mexicanos hallaron que 26.8 % de la población entre 10 y 19 años de edad no había escuchado hablar de métodos anticonceptivos; es decir, poco más de la cuarta parte de todos los adolescentes mexicanos.
El 22.8 % de los jóvenes en este rango de edad habían iniciado su vida sexual y de ellos, el 20.9 % no utilizó un método anticonceptivo en su primera relación sexual. En tanto, el 37.0 % de las adolescentes que ya habían comenzad su vida sexual reportó haber estado embarazada alguna vez.
Ramírez sostiene que la falta de educación sexual también se ve influenciada por grupos de madres y padres de familia, así como organizaciones conservadoras, que abogan por leyes como el “PIN parental”, que propone que los adultos puedan vetar contenidos escolares cuando sean contrarios a sus creencias éticas, morales o religiosas.
“Aquí tenemos el efecto de qué es lo que puede suceder cuando no se habla adecuadamente, ni se acercan los medios, para poder tener un ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos adecuados”, dice la directora ejecutiva de Redim.
“Las jóvenes, los adolescentes y sus parejas, están enfrentando muchas dificultades para tener acceso a medios de anticoncepción gratuitos como los que el sistema de salud debería de proveer, además de las dificultades de tener esta educación sexual en todas sus dimensiones”.
‘La Fiscalía tendrá que sostener que hubo un dolo’
Derivado de los hechos, los padres del bebé, Diana “N” y Lucio “N”, fueron vinculados a proceso por la Fiscalía del Estado de México por el delito de homicidio en grado de tentativa.
La abogada Leslie Jiménez, profesora de la Facultad de Derecho de la UNAM, califica la vinculación por este delito como una muestra de que la autoridad busca perseguir el delito más grave y no necesariamente el más adecuado a la situación.
“La vinculación a proceso nos habla mucho de la postura que está tomando la Fiscalía del Estado de México”, expone. “Existen estos dos delitos, que son principalmente delitos de omisión de cuidado, que pueden sí o no ser dolosos. El delito de abandono, o de la omisión de auxilio”.
El Código Penal del Estado de México contempla en sus artículos 254 y 256 el tipo penal de “abandono de incapaz” y “omisión de auxilio”, respectivamente.
El primer delito se define como el abandono de “una persona incapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación de cuidarla”. Este delito conlleva una pena de seis meses a dos años de prisión, además de una multa de entre 30 y 300 días o la realización de trabajo comunitario. Asimismo, se establece la pérdida de derechos de patria potestad, custodia o tutela en caso de que la víctima estuviera bajo su cuidado.
La legislación también contempla que las mujeres que hayan solicitado mantener en secreto su identidad al momento del parto, así como la reserva sobre el nacimiento, o aquellas que den en adopción a su hijo, no incurren en este delito.
Por otro lado, el delito de omisión de auxilio se configura cuando una persona “omite prestar ayuda a otra que, por cualquier circunstancia, se encuentre en peligro, siempre que pudiera hacerlo sin riesgo alguno, o, en caso de no estar en condiciones de auxiliarla, no dé aviso inmediato a la autoridad”. Esta falta puede ser sancionada con una pena de entre tres y seis meses de prisión, además de una multa de entre 30 y 60 días.
En cambio, el delito de “homicidio” contempla una pena de 40 a 70 años de prisión, o prisión vitalicia, cuando se comete en modalidad “calificada” –que aplica cuando se comete contra un menor de edad–, así como entre 700 y 5 mil días de multa.
“En el homicidio en grado de tentativa, ya estamos hablando de un delito que es doloso, es decir, ya está etiquetando la Fiscalía que ellos con su acción buscaron el homicidio del recién nacido, y que por causas ajenas –en este caso, que lo hayan encontrado vecinos de ahí– no se culminó la conducta”, explica Jiménez.
“La Fiscalía tendrá que sostener que, en efecto, hubo un dolo para provocar el homicidio o buscar el homicidio del recién nacido, no solamente su abandono”.
Despenalización de aborto no debe tener límite de tiempo
Así como la educación sexual es un elemento clave para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, Ninde Molre, abogada y directora de Abortistas MX, apunta que la despenalización del aborto en cualquier momento de la gestación es esencial para garantizar estos derechos.
“Aunque en México hemos dado un avance, no estamos realmente garantizando el derecho a decidir plenamente para las personas”, señala.
Hasta el día de hoy, la interrupción del embarazo ha sido despenalizada por vía legislativa o judicial en 21 entidades federativas, en tanto la mayoría de ellas contemplan un periodo de entre 12 y 13 semanas como límite para realizar este procedimiento.
“El derecho a decidir sobre nuestros cuerpos está todavía criminalizado con la existencia de 33 códigos penales del país que criminalizan el aborto voluntario en en distintos momentos de la gestación”, acota Ninde.
En el Estado de México, donde sucedió el abandono del bebé, el aborto fue despenalizado hasta finales de noviembre de 2024, cuando Diana “N” tenía varios meses de embarazo. La legislación en la entidad mexiquense prevé que la interrupción del embarazo pueda darse hasta las 12 semanas de gestación.
La especialista de Abortistas MX considera que la existencia de un plazo límite para practicar un aborto contribuye a una “criminalización social”, pues no contempla que no todas las mujeres y personas gestantes tienen las mismas condiciones en términos económicos, de información, infraestructura de salud o si viven una situación de violencia de género.
“No necesariamente todas las personas pueden acceder a los servicios de salud, y combatir esta burocracia para tener acceso a estos servicios”, remarca Molre.
“Creo que podríamos hablar de una responsabilidad individual, y solo individual, de estas dos personas si realmente el Estado pudiera decir, ‘Yo hice todo lo posible, hice absolutamente todo para que esas personas no tuvieran que haber tomado esa decisión’ y eso no lo puede decir en este momento el Estado”.