|
Política

INE determina que AMLO no ejerció violencia política de género contra Xóchitl Gálvez

La aspirante a al Presidencia por el Frente Amplio por México anunció que tramitó un amparo

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral rechazó imponer medidas cautelares al Presidente Andrés Manuel López Obrador, por la queja interpuesta por Xóchitl Gálvez Ruiz, senadora por el Partido Acción Nacional, por la supuesta violencia política de género ejercida por el político tabasqueño en su contra.

Con dos votos a favor -de Rita Bell López Vences y Jorge Montaño Ventura-, y un sufragio en contra -de la presidenta Beatriz Claudia Zavala Pérez-, la citada Comisión determinó que las expresiones del titular del Poder Ejecutivo Federal, realizadas durante varias de sus conferencias de prensa matutinas, se trataban de críticas duras, propias del debate político, y el Mandatario nacional no se dirigía a la legisladora hidalguense por su condición de mujer.

No obstante, el asunto de fondo deberá ser analizado por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La queja fue interpuesta por la senadora del PAN, por las expresiones del mandatario nacional, realizadas durante las conferencias de prensa matutinas celebradas en varios días de este mes de julio.

A la sesión extraordinaria de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE también se unieron las consejeras Dania Paola Ravel Cuevas y Norma Irene de la Cruz Magaña, con voz pero sin voto, para manifestarse en contra del proyecto, al considerar que no se hizo el análisis adecuado del caso, tras advertir posible violencia política de género.

Asimismo, Beatriz Claudia Zavala Pérez, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano constitucional autónomo, subrayó que las declaraciones de López Obrador sí constituían, de forma preliminar, violencia política de género en contra de la senadora panista, porque le atribuían un papel subordinado y desigual frente a un grupo de hombres.

Además, la consejera advirtió que el Presidente utilizó expresiones refiriendo que Gálvez Ruiz “fue elegida por un grupo de hombres que la han impuesto” o “es un pelele, un títere, una empleada de la oligarquía”.

Sin embargo, la consejera Rita Bell López Vences recordó que la Sala Superior del TEPJF determinó que las opiniones críticas no debían desincentivarse, sino permitirse, ya que con estas se enriquecía el debate político, cuando se actualizaba en temas de interés público.

“Estamos tomando en cuenta que estamos en una discusión vinculada con temas de interés público, pues parte de estas expresiones que se están denunciando se refieren a la celebración de contratos que se señalan en la nota; y que tanto el denunciado como la denunciante ejercen cargos públicos de elección popular”, apuntó la consejera.

A pesar de la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, Gálvez Ruiz promovió una demanda de amparo contra López Obrador para reclamar los ataques en su contra, durante varias de las conferencias de prensa matutinas presidenciales, lo cual consideró violatorio de sus derechos humanos.

El amparo fue presentado por la senadora, ante Martín Santos Pérez, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, quien dio cinco días a la legisladora panista para hacer varias aclaraciones a su demanda, antes de resolver si la admitía a trámite, y en su caso, si concedía una suspensión provisional.

Las “declaraciones imputando hechos y haciendo calificaciones que van en perjuicio de los derechos humanos” son el acto que Gálvez Ruiz reclamó a López Obrador, según registros del Consejo de la Judicatura Federal.

El amparo alega violaciones del presidente de la República a cuatro artículos de la Constitución, incluidos los que obligan a las autoridades a fundar y motivar legalmente todos sus actos, a respetar los derechos humanos, así como el que establece los derechos de las personas imputadas por algún delito.

Según lo informó el diario Reforma, Santos Pérez podría argumentar que el amparo no procedía, porque el tema ya estaba bajo jurisdicción del INE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Periodismo ético, profesional y útil para ti.

Suscríbete y ayudanos a seguir
formando ciudadanos.


Suscríbete
Regístrate para leer nuestro artículo
Esto nos ayuda a identificarte mejor al poder ofrecerte información y servicios justo a tus necesidades al recibir ayuda de nuestros anunciantes.


¡Regístrate gratis!