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Proceso

Juzgado declara a TV Azteca en concurso mercantil; abre conciliación para reestructurar sus deudas

La resolución establece además que los acreedores podrán presentar solicitudes de reconocimiento de crédito ante el conciliador. En el caso de los residentes en el extranjero, dispondrán de un plazo de 45 días naturales para hacerlo, si así conviene a sus intereses
07/07/2026 12:11

Un Juzgado federal declaró formalmente en concurso mercantil a TV Azteca al concluir que la empresa incurrió en un incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones, con lo que inició la etapa judicial para buscar una reestructura de sus pasivos mediante un acuerdo con sus acreedores.

La resolución, fechada el 6 de julio de 2026, fue publicada este martes en la lista de acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, con sede en la Ciudad de México y jurisdicción federal.

En su sentencia, el juzgado resolvió: “Es procedente la solicitud de concurso mercantil (...) al haberse acreditado que dicha comerciante, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de Concursos Mercantiles, incurrió en incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones; por lo que, con esta fecha seis de julio de dos mil veintiséis, se declara en concurso mercantil a la citada comerciante“.

Como parte del procedimiento, el Juzgado declaró abierta la etapa de conciliación por un plazo de 185 días naturales, contados a partir de la publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, periodo durante el cual la empresa buscará negociar un convenio de reestructura con sus acreedores.

Para conducir esa etapa, el Tribunal ordenó al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (Ifecom) designar, mediante el procedimiento previsto en la ley, a un conciliador dentro de los cinco días siguientes. Una vez nombrado, el especialista deberá informar a los acreedores de su designación y fijar un domicilio para el cumplimiento de sus funciones.

Mientras se realiza ese nombramiento, la empresa, sus administradores y directivos conservarán las obligaciones que la Ley de Concursos Mercantiles asigna a los depositarios.

La sentencia también ordena que el conciliador inicie el procedimiento de reconocimiento de créditos.

Para ello deberá elaborar la lista de pasivos que propondrá reconocer con base en la contabilidad de la empresa, la información proporcionada por la concursada, el dictamen del visitador y las solicitudes que presenten los acreedores.

Asimismo, el Tribunal fijó como fecha de retroacción del concurso el 9 de octubre de 2025, con fundamento en la Ley de Concursos Mercantiles.

La resolución establece además que los acreedores podrán presentar solicitudes de reconocimiento de crédito ante el conciliador. En el caso de los residentes en el extranjero, dispondrán de un plazo de 45 días naturales para hacerlo, si así conviene a sus intereses.

Como parte de las facultades conferidas al conciliador, el Juzgado ordenó poner de inmediato a su disposición los libros, registros y demás documentos de la empresa, así como los recursos necesarios para cubrir los gastos de registro y las publicaciones previstas por la ley.

También instruyó a TV Azteca permitir el acceso del especialista y, en su caso, de los interventores para el desarrollo de sus funciones.


Suspensión de pagos y de embargos

La sentencia ordena suspender el pago de las deudas contraídas antes de que surta efectos la declaración de concurso mercantil, aunque establece excepciones para garantizar la continuidad de las operaciones.

En ese sentido, podrán seguir cubriéndose los gastos indispensables para la operación ordinaria de la empresa, incluidos los créditos necesarios para mantener la liquidez durante el procedimiento, siempre que dichos pagos sean informados conforme a los plazos establecidos por la autoridad judicial y posteriormente al conciliador.

El fallo también precisa que la declaración de concurso no interrumpe el cumplimiento de las obligaciones laborales ordinarias ni el pago de contribuciones fiscales o de seguridad social indispensables para la operación de la empresa.

De igual forma, durante la etapa de conciliación quedaron suspendidos los mandamientos de embargo y ejecución sobre los bienes y derechos de TV Azteca, con las excepciones previstas por la Ley de Concursos Mercantiles para determinados créditos laborales.


Arraigo para integrantes del Consejo de Administración

Como medida para asegurar el desarrollo del procedimiento, el juzgado decretó el arraigo de los integrantes del Consejo de Administración de TV Azteca, o de quienes sean responsables de la administración de la empresa.

La resolución señala que el arraigo tiene como único propósito impedir que abandonen su domicilio sin antes dejar “mandato o apoderado debidamente instruido y expensado”, conforme a la Ley de Concursos Mercantiles.

Además, la sentencia dispone que las acciones judiciales promovidas por la empresa o en su contra con contenido patrimonial continuarán su trámite por separado, aunque bajo la vigilancia del conciliador, a quien la concursada deberá informar de su existencia.


Acreedores en NY acusan a TV Azteca de ocultar activos y aumentar deuda para evitar el pago de bonos

El pasado 10 de junio, un grupo de tenedores de bonos de TV Azteca solicitó a la Corte del Distrito Sur de Nueva York autorización para ampliar la demanda que mantiene contra la televisora, al sostener que la documentación presentada dentro del concurso mercantil en México revelaba un presunto esquema para transferir activos, incrementar deuda y modificar el peso de las votaciones de acreedores.

La petición fue presentada por The Bank of New York Mellon, en su carácter de fiduciario de los bonos senior con vencimiento en 2024 emitidos por TV Azteca, dentro del litigio derivado de una emisión de 400 millones de dólares realizada en 2017.

En ese escrito, los acreedores afirmaron que la documentación del concurso mercantil mostraba presuntas transferencias de activos a subsidiarias de reciente creación, la contratación de un financiamiento por 290 millones de dólares con AlterBank y la generación de deuda entre empresas relacionadas, operaciones que, según su planteamiento, podrían afectar el proceso de reestructuración y la votación de los acreedores.

Los representantes del fiduciario solicitaron incorporar cuatro nuevos reclamos a la demanda ya existente y pidieron que esos planteamientos fueran resueltos con carácter expedito, al considerar que la eventual declaración formal del concurso mercantil en México activaría diversos plazos para el reconocimiento de créditos y la negociación de un convenio de reestructura.

Cuando anunció el inicio del procedimiento concursal, TV Azteca informó que buscaba llevar a cabo una reorganización financiera, corporativa y operativa para reestructurar sus pasivos y mantener la continuidad de sus operaciones.

En ese momento también señaló que había cubierto más de 5 mil 63 millones de pesos en adeudos fiscales y reconoció la necesidad de reestructurar sus obligaciones financieras ante diversos factores, entre ellos los cambios en la industria de la televisión, el pago de licencias de transmisión, los efectos de la pandemia de Covid-19 y los desembolsos realizados para cubrir obligaciones tributarias.

De acuerdo con la información difundida entonces, TV Azteca mantenía adeudos aproximados por 10 mil 100 millones de pesos con acreedores en Estados Unidos y otros mil 708 millones de pesos con Banco Azteca.

El litigio con los tenedores de bonos se remonta a incumplimientos registrados desde 2021 relacionados con una emisión de bonos por 400 millones de dólares realizada en 2017. El monto reclamado por los acreedores, incluyendo intereses acumulados, superaba los 580 millones de dólares y continuaba en disputa ante tribunales del Distrito Sur de Nueva York.