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Corte

Lenia Batres se enoja y abandona sesión de SCJN

Durante la sesión, a la Ministra no la dejaron votar en asunto contra Salinas Pliego

La Ministra Lenia Batres Guadarrama abandonó este miércoles 12 de marzo una sesión privada de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de que tres de sus compañeros, Yasmín Esquivel Mossa, Javier Láynez Potisek y Alberto Pérez Dayán, calificaron como legal un impedimento planteado en su contra, por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

“Este miércoles me retiré de la sesión privada de la Segunda Sala de la Suprema Corte, ante la intención de sus integrantes de declararme impedida para conocer y votar el amparo en revisión 492/2023, sobre las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera para requerir información bancaria del señor Ricardo Salinas Pliego”, escribió la Ministra en su cuenta de X.

“Me retiré ante la abierta violación del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En unos minutos estaré circulando un comunicado que explica a detalle estas violaciones y las razones por las que considero que se trata de un acto de sometimiento y complicidad de integrantes del máximo órgano jurisdiccional de nuestro País a los intereses ilegítimos de los poderes fácticos”, agregó Batres Guadarrama.

“La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de votos, determinó que la Ministra Lenia Batres Guadarrama sí está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión 492/2023, cuyo quejoso es Ricardo Benjamín Salinas Pliego”, indicó la Corte en un comunicado

“Previa audiencia de la Ministra interesada, en la que tuvo oportunidad de manifestar en su escrito lo que a su derecho convino, la Sala consideró fundada la recusación por falta de objetividad, en tanto la ley establece que ese supuesto se presenta cuando hay enemistad manifiesta con relación a una de las partes”, indicó la SCJN.

“Es público y constan en el expediente las siguientes manifestaciones expresadas por la Ministra Lenia Batres en su cuenta de X ‘@LeniaBatres’”, recordó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien luego enlistó las diversas publicaciones en contra de Salinas Pliego, al menos desde 2014.

“El principio de justicia imparcial, contenido en el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, establece el derecho que toda persona tiene de que se les administre justicia de manera pronta, completa e imparcial, y se entiende como el deber que tienen los juzgadores de ser ajenos a los intereses de las partes dentro de una controversia y de resolverlo sin favorecer o perjudicar indebidamente a ninguna de ellas”, explicó.

“Al usar calificativos y connotaciones despectivas sobre la forma en que se expresó del quejoso, resultó en razón suficiente para estimar que se encuentra impedida para conocer del amparo en revisión 492/2023 y, por tanto, la Segunda Sala calificó de legal el impedimento que se plantea”, finalizó.

El asunto que iban a resolver los ministros era la revisión a un amparo promovido, en diciembre de 2021, para impugnar una solicitud de la Unidad Inteligencia Financiera a todos los bancos del País, para entregar información patrimonial de Salinas Pliego.

Sin embargo, un juez federal amparó al empresario en agosto de 2022.

No obstante, Batres Guadarrama propuso a la Segunda Sala revocar dicha sentencia y resolver que una solicitud de información de la UIF no causaba perjuicio a la persona, por lo que no procedía el amparo.

Asimismo, según recordó el diario Reforma, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación también tiene en lista otro impedimento contra Batres Guadarrama, promovido por Grupo Elektra, para que no pueda votar un amparo directo en revisión contra un crédito fiscal.

El mismo rotativo afirmó que no existía el precedente histórico, de que algún Ministro hubiera abandonado una sesión de la SCJN, por inconformidad con el sentido de alguna resolución.