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DECISIÓN HISTÓRICA

¿Qué implicaciones tiene a nivel nacional declarar inconstitucional la penalización del aborto?

Esto no significa que se despenalice el aborto en todas las entidades, solo ya no se podrá encarcelar en ningún lugar del país a quien decida practicarse un aborto, señalan

El Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, afirmó que con la decisión de declarar inconstitucional la penalización del aborto no sólo se invalidan las normas que fueron discutidas, sino que establece un “criterio obligatorio para todo los jueces y juezas del país”.

“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional”.

”A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, claridad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. Es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, su dignidad y el pleno ejercicio de sus derechos”, dijo.

El Pleno de la Corte invalidó el Artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que imponía la pena de hasta tres años de cárcel a la mujer o persona gestante que se practicara un aborto, o a la persona que le ayudara con su consentimiento.

Así como el artículo 198, que impedía que la mujer fuera asistida por personal sanitario durante un aborto voluntario.

También invalidó el artículo 199 que criminalizaba el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de interrumpir el embarazo en caso de violación, inseminación o implantación artificial.

También se invalida el Artículo 195, el cual menciona que “comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo”; en este caso, siete ministros votaron a favor.

¿Qué significa?

La decisión de la Corte “manda un mensaje súper fuerte (...) sí es un mensaje muy importante que va a empezar a generar presión sobre los estados”, dijo Melissa Ayala, coordinadora de litigio de Gire.

Sin embargo, explica, esto no significa que se despenalice el aborto en todas las entidades, solo ya no se podrá encarcelar en ningún lugar del país a quien decida practicarse un aborto.

“Todavía se les puede detener, todo el tema del estigma social continúa, las normas de los demás estados permanecen, lo que se vuelve inconstitucional es que un juez o una jueza las meta a la cárcel”, señala Ayala.

La resolución de la Corte tampoco obliga de alguna forma a los estados -en donde todavía se criminaliza el aborto- a reformar sus Códigos Penales.

“No se les puede obligar a legislar, simplemente es un mensaje simbólico el que manda la Suprema Corte”.

Lo que sí puede ocurrir, añade la abogada, es impugnar los artículos de manera individual.

“Si se te está criminalizando por haberte realizado un aborto, sí se podría interponer un amparo pero hay que recordar que los amparos tienen efectos individuales, únicamente atañen a la persona a quien se le concede el amparo”.

Para que se invalide un artículo, como en el caso de Coahuila, tiene que haber una reforma al Código Penal del estado, entonces instancias como la FGR, la CNDH o una minoría parlamentaria del 33% pueden impugnar la reforma y llevar el asunto a la Suprema Corte.

Durante el segundo día de discusión, el ministro José Fernando Franco y la ministra Margarita Ríos-Farjat se pronunciaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto.

Ayer, ocho de los ministros se posicionaron a favor del proyecto.

El ministro Jorge Mario Pardo no estuvo presente durante la discusión por “causas de fuerza mayor”.

La ministra Margarita Ríos-Farjat señaló que se inclinaba a favor de no penalizar la interrupción voluntaria del embarazo.

Afirmó que “nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar”.

Detalló que al año se realizan entre 750 mil y un millón abortos clandestinos; aumenta las complicaciones conforme a pobreza y residencia rural.

La acción de inconstitucionalidad 148/2017 fue promovida en octubre de 2017 por la entonces Procuraduría General de la República (PGR), demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal del estado de Coahuila de Zaragoza.

Coahuila es el quinto estado en despenalizar el aborto, después de CDMX, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

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