SHCP publica en DOF la extinción de la Financiera Nacional
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se extinguió el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND), además de que se abrogó su Ley Orgánica.
El organismo público descentralizado conservará su personalidad jurídica, exclusivamente para los efectos de liquidación. La SHCP, como coordinadora del sector, será la responsable del proceso de extinción y tendrá un plazo de 180 días naturales, contados a partir del 30 de mayo de 2023, para publicar las bases.
El proceso estará a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, que fungirá como liquidador único del Gobierno federal, pero que también deberá cumplir con los acuerdos del Consejo de la FND, tomados en septiembre y diciembre de 2022, respecto al pago anticipado de créditos multilaterales adquiridos con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
“Tendrán las más amplias facultades para actos de administración, dominio, pleitos y cobranzas para suscribir u otorgar títulos de crédito, así como para realizar cualquier acción que coadyuve a un eficiente proceso de liquidación [...] Tendrá que destinar los recursos que resultan de la recuperación de los activos para cubrir pasivos y contingencias que se origine por la propia liquidación”, indicó el decreto publicado en el DOF.
Asimismo, la SHCP, la Secretaría de la Función Pública (SFP) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), vigilarán el procedimiento, para que se realice conforme a la ley. Las liquidaciones que se generen con motivo de la extinción, quedarán a cargo del presupuesto autorizado a la FND y el INDEP, debido a que no se autorizaron recursos adicionales.
“El liquidador deberá destinar recursos que resulten de la recuperación de activos de financiera rural para cubrir los pasivos y contingencias que se originan de la propia liquidación, así como los gastos de administración que se realicen en cumplimiento de su encargo. En el balance final de la liquidación se deberá precisar el destino desglosado de los recursos señalados”, agregó el decreto.
Además, la FND deberá transferir al INDEP todos los bienes, derechos y obligaciones. En el caso de los bienes muebles e inmuebles, podrán entregarse, a título gratuito, a dependencias y entidades de la administración pública.
Según el decreto, serán respetados los derechos laborales de los trabajadores, incluidas las indemnizaciones, con las disposiciones vigentes. Por último, quedó abrogada la Ley de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario Rural Forestal y Pesquero, publicada en el DOF, el 26 de diciembre de 2002.