‘Leyes Anti-Memes’: cuando la censura se disfraza de regulación

ALTOPARLANTE
24/10/2026 04:00
    ¿De qué sirve que México prometa que la inteligencia artificial ampliará nuestras libertades si al mismo tiempo se impulsan normas que pueden restringirlas?

    Regular las tecnologías no es un asunto nuevo. Cada vez que ha surgido una innovación tecnológica que propone soluciones para la sociedad también surgen cuestionamientos sobre cómo debe ser su uso y quién debe estar a cargo. La inteligencia artificial (IA) no es la excepción. A medida que los sistemas automatizados son más relevantes en la vida cotidiana de la ciudadanía, los gobiernos tienen el reto de que la IA favorezca el desarrollo sostenible.

    Este año, la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) presentaron un decálogo ético para regular la IA en México, con 10 principios orientativos para tomar decisiones de política pública en torno a su desarrollo y uso. Entre ellos, se establece que la IA debe ampliar los derechos humanos, nunca restringirlos: “Los algoritmos deberán diseñarse y emplearse de manera que protejan los derechos humanos, evitando decisiones automatizadas que, por su concepción o entrenamiento, reproducen prejuicios sociales, generan exclusión o atenten contra el derecho a la información”. (1)

    Pero a promesas claras surgen acciones contradictorias: el Congreso de la Unión ha propuesto una serie de reformas legislativas para regular el uso de la inteligencia artificial que atentan contra la libertad de expresión en México. Entre ellas, las reformas a la Ley de Derecho de autor y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, también conocidas como leyes Anti-memes.

    En materia de derechos de autor (2), la reforma responsabilizará a las plataformas digitales por contenidos que publiquen sus usuarios, estableciendo sanciones si no cumplen determinadas obligaciones de remoción de contenidos. Entre los contenidos que pueden ser retirados se incluyen también los generados por inteligencia artificial. Ante la posibilidad de una sanción, las empresas como Facebook, Instagram e Tiktok tendrán que vigilar más lo que compartimos en redes, y en caso de cualquier problema, primero eliminar el contenido y luego investigar si fue justificada o no la remoción.

    ¿Y las consecuencias de una regulación imprecisa?

    También se contempla la posibilidad de suspender el servicio a quienes sean señalados como infractores reincidentes, sin que necesariamente exista una decisión judicial previa que confirme la falta. Así, las consecuencias de una regulación imprecisa no solo se limitan a eliminar publicaciones, sino que van a afectar la posibilidad misma de cualquier persona a participar en espacios digitales.

    El riesgo no termina ahí. Hay una segunda reforma aprobada que traslada estas preocupaciones a un terreno más delicado: el derecho penal. La reforma relacionada con la propiedad industrial y el uso de la identidad gráfica del Gobierno (3) contempla penas de prisión en casos de imitar elementos gráficos gubernamentales, como por ejemplo, logotipos de instituciones gubernamentales, partidos políticos, entre otros, siendo legítima la protección del fraude. El problema, advierte Article 19, es que la redacción de estas disposiciones es ambigua y da lugar a interpretaciones que afecten a cualquier ciudadano o voz disidente (incluidos periodistas y activistas) que utiliza logotipos, imágenes o símbolos gubernamentales para investigar, cuestionar a las autoridades o simplemente hacer sátira y criticar.

    Como ha señalado la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la criminalización de la libertad de expresión tiene un efecto amedrentador (chilling effect). Una mala redacción o autoridades incompetentes pueden generar una detención o solo suficiente miedo a sanciones o consecuencias legales que los ciudadanos opten por no publicar contenidos que contribuyan al debate público. Esto erosiona y empobrece los procesos democráticos del País. El peligro está en que la censura no siempre necesita materializarse en una sanción para producir efectos.

    Desde Article 19 previamente hemos denunciado cómo legislaciones para regular la IA son incompatibles con estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. Su redacción propicia interpretaciones para la censura y la vigilancia a voces críticas al poder en turno. Tal es el caso de la Ley Serrano, aprobada -y posteriormente derogada- por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, cuyo objetivo era sancionar el uso de la IA para distintos fines. Sin embargo, no contaba con técnica legislativa rigurosa en la redacción, introduciendo definiciones amplias y ambiguas respecto a lo que considera delitos. Esta falta de claridad daba lugar a interpretaciones arbitrarias y discrecionales que generan un entorno normativo que facilita la criminalización de la ciudadanía.

    Medidas de regulación claras, proporcionales y respetuosas de los derechos

    La experiencia de la Ley Serrano debió servir como advertencia: cuando se legisla sobre nuevas tecnologías sin suficiente precisión y respeto por los derechos humanos, el problema no se resuelve. Solo se crean nuevas herramientas para restringir libertades.

    Una finalidad legítima como la protección de los derechos de autor, la prevención de fraudes por usos indebidos de la identidad institucional no puede ser a expensas de otros derechos. Las medidas de regulación deben ser claras, proporcionales y respetar los derechos de las personas. Cuando una sanción penal afecta la libertad de expresión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos exige que la restricción se ajuste estrechamente al objetivo legítimo y límite lo menos posible este derecho.

    No se debe olvidar que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles, en otras palabras, están vinculados entre ellos y no pueden separarse o fragmentarse unos de otros. Por ende, cualquier regulación a la inteligencia artificial, bajo el argumento de garantizar el derecho de autor, no debe justificar la restricción de otros derechos, como la libertad de expresión. ¿De qué sirve que México prometa que la inteligencia artificial ampliará nuestras libertades si al mismo tiempo se impulsan normas que pueden restringirlas?

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    La autora es Nayelli Torres, investigadora en el programa de Ecosistema Informativo y Tecnología en Article 19 Mx-CA.

    Referencias:

    1. Cita de Wired, “México presenta decálogo ético para regular el uso de la IA en el país”, enero 2026.

    2. La reforma fue aprobada en la Cámara de Diputados el 29 de septiembre de 2026. A la fecha de publicación de este blog, está en proceso de aprobación por el Senado de la República.

    3. La reforma fue aprobada por el Senado de la República el 30 de septiembre de 2026, y en la Cámara de Diputados el 21 de octubre de 2026.