Hay una pregunta que debería hacerse cualquier sociedad antes de regular sus medios de comunicación: ¿a quién protege realmente esta ley? Si la respuesta honesta es “al Gobierno”, entonces no es una ley de protección a las audiencias. Es una ley de control de la narrativa pública. Y esa diferencia, aparentemente sutil, tiene consecuencias enormes para la democracia.
Esa fue la advertencia central que Coparmex llevó al Foro sobre Libertad Editorial, Regulación y Derechos de las Audiencias, organizado por la Cámara de Diputados. Armando Zúñiga Salinas, vicepresidente nacional de Comunicación de la Confederación, en representación del presidente nacional Juan José Sierra Álvarez, lo dijo con una claridad que merece reproducirse: “La mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos. Las democracias sólidas se construyen sobre la confianza en los ciudadanos, la pluralidad de voces, la certeza jurídica y el respeto irrestricto a las libertades fundamentales. Ninguna autoridad puede sustituir el juicio libre de una sociedad democrática”.
Pocas frases resumen mejor la tensión que está en juego en este debate.
Los lineamientos actualmente sometidos a consulta pública contienen, según el análisis de Coparmex, disposiciones que deben revisarse con profundidad. El problema no es la intención declarada, porque nadie discute que las audiencias tienen derechos legítimos y que los medios deben operar con transparencia, diferenciar la información de la publicidad, garantizar accesibilidad y contar con mecanismos reales de rendición de cuentas. Eso es razonable y necesario. El problema es lo que se cuela detrás de esos objetivos legítimos: la posibilidad de que una autoridad administrativa adquiera facultades para determinar qué información es verdadera, qué está suficientemente contextualizada y qué resulta aceptable desde una perspectiva oficial.
¿Quién define qué es información verdadera? ¿El periodista que la investiga, el editor que la publica, o el funcionario que la recibe incómodo? La respuesta a esa pregunta determina si estamos ante una democracia o ante algo que se le parece desde afuera, pero funciona diferente por dentro.
Los estándares internacionales sobre libertad de expresión han establecido con claridad que las opiniones no pueden estar sujetas a juicios oficiales de veracidad, y que cualquier medida estatal relacionada con contenidos debe cumplir estrictamente con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. No es una posición ideológica: es el piso mínimo que la comunidad internacional ha construido tras décadas de ver cómo los regímenes autoritarios usaban precisamente la regulación de contenidos como herramienta de control.
Zúñiga fue puntual sobre el efecto más peligroso de una regulación mal diseñada: la autocensura. Cuando existe la posibilidad de imponer sanciones económicas significativas bajo criterios subjetivos, los medios no necesitan ser censurados directamente. Se censuran solos. Evitan las investigaciones sensibles. Abandonan los temas controvertidos. Se alejan de las posiciones críticas. No porque la ley lo diga explícitamente, sino porque el riesgo de una sanción discrecional es suficiente para producir ese efecto. Y una prensa que se autocensura no es libre, aunque ningún decreto lo diga.
Coparmex advirtió también sobre el peligro que representan conceptos como “veracidad”, “información falsa” o “información descontextualizada” sin definiciones precisas, objetivas y verificables. Las palabras vagas en los textos legales no son descuidos: son puertas abiertas a la discrecionalidad. Y la discrecionalidad, como señaló la Confederación en el mismo foro, debilita la certeza jurídica. Y sin certeza jurídica no hay confianza. Y sin confianza, no hay inversión, no hay crecimiento y no hay democracia sostenible.
La posición de Coparmex es de equilibrio, no de trinchera. La Confederación no está defendiendo a los medios contra las audiencias. Está argumentando que ambos derechos, el derecho de las audiencias y la libertad de expresión, no son incompatibles, sino complementarios, y que deben fortalecerse simultáneamente. Que una Defensoría de las Audiencias independiente, con procedimientos claros, proporcionales y previsibles, protege mejor a los ciudadanos que un regulador con facultades discrecionales para calificar contenidos editoriales. Que la función de una autoridad reguladora debe consistir en garantizar procedimientos y derechos, no en convertirse en árbitro de la verdad.
“Cuando una autoridad comienza a calificar contenidos editoriales, deja de proteger las condiciones del debate público y corre el riesgo de intervenir directamente en él”, puntualizó Zúñiga. Esa frase debería leerse con calma en los pasillos de San Lázaro.
México ha demostrado en los últimos años una preocupante tendencia a reducir los espacios para la crítica. Los datos de Article 19 lo confirman: 451 agresiones documentadas contra la prensa en 2025, una cada 20 horas. Siete periodistas asesinados. En ese contexto, una regulación que abre espacio a la discrecionalidad en la calificación de contenidos no llega a un vacío neutro. Llega a un entorno donde periodistas, analistas y ciudadanos ya saben lo que cuesta señalar al poder.
Coparmex tiene razón en su llamado a la prudencia y al rigor técnico. Proteger a las audiencias es una causa justa. Hacerlo bien, con definiciones claras, procedimientos garantistas y sin abrir espacio al control editorial, es la única manera de que esa causa no termine sirviendo a los intereses que dice combatir.
El futuro democrático de México depende de ciudadanos libres, instituciones confiables y una conversación pública abierta, plural y sin amenazas. Eso no se construye regulando qué se puede decir. Se construye garantizando que todos puedan decirlo.