Responsabilidad patrimonial del Estado por daños colaterales de la violencia

EN TRIBUNALES
22/09/2026 04:01
    Ante la grave crisis de inseguridad que sufrimos los mazatlecos, surge la pregunta de si, cuando esa inseguridad y violencia causa daños colaterales como la muerte de un ciudadano que tuvo la mala suerte de estar en el lugar y momento equivocados, los familiares de la víctima pueden demandar al Estado por responsabilidad patrimonial.

    Gracias a una reforma a la Constitución federal, desde hace años nació la figura jurídica que se conoce como responsabilidad patrimonial del Estado.

    Esta figura legal consiste en que, frente a una actividad irregular del estado a nivel federal, estatal o municipal, los ciudadanos afectados tienen derecho a demandar para que les paguen los daños y perjuicios que se les hayan ocasionado.

    Un ejemplo sencillo de esto es la ponchadura de alguna llanta cuando un vehículo particular cae en un bache que no fue reparado a tiempo por el Estado.

    Otro ejemplo a nivel local es el famoso caso Nafta, en donde el Ayuntamiento de Mazatlán tuvo que pagar millones de pesos por los daños y perjuicios derivados del otorgamiento de una licencia de construcción que fue declarada ilegal por un Juez federal al dictar sentencia en un amparo presentado por una vecina.

    Todos sabemos que en el caso Nafta hubo mano negra y corrupción, pero eso no le quita que sea un ejemplo claro de la responsabilidad patrimonial del Estado.

    La seguridad pública no es una simple tarea asignada al Estado, sino que consiste en un servicio público que no puede ser concesionado y cuyo desempeño eficaz y oportuno es deber del Gobierno federal, estatal y municipal.

    Visto así el panorama y ante la grave crisis de inseguridad que sufrimos los mazatlecos, surge la pregunta de si, cuando esa inseguridad y violencia causa daños colaterales como la muerte de un ciudadano que tuvo la mala suerte de estar en el lugar y momento equivocados, los familiares de la víctima pueden demandar al Estado por responsabilidad patrimonial.

    En todo México no existe ni ha existido un juicio de responsabilidad patrimonial del Estado en donde los familiares de la víctima demanden el pago de daños y perjuicios, incluido el daño moral, pero eso no quiere decir que no se pueda presentar una demanda de ese tipo ni que no proceda.

    Desde mi personal punto de vista profesional, sostengo que sí se puede demandar la responsabilidad patrimonial del Estado cuando existen víctimas colaterales de la violencia e inseguridad, por la sencilla razón de que, si eso sucede, claramente es porque el Estado no cumplió con su deber legal de proporcionar seguridad pública.

    Si usted enfrenta una lamentable situación como la que le platico, con todo gusto y pro-bono (gratuitamente) lo asesoramos legalmente para presentar la demanda correspondiente y seguir el juicio hasta su conclusión.

    Obviamente que no le puedo garantizar un resultado favorable (abogado que lo haga está mintiendo y es un pillo), pero lo que sí le puedo garantizar es que pondremos todo nuestro esfuerzo y capacidad profesional para tratar de obtener una sentencia favorable.