"Desclasifica CEAIP expediente de Ernesto Echeverría, ex Secretario de Salud de Sinaloa"

"La Fiscalía General del Estado deberá entregar la versión pública de la carpeta sobre el caso del ex Secretario de Salud Ernesto Echeverría Aispuro"

CULIACÁN._ La Fiscalía General del Estado deberá entregar una versión pública de la carpeta sobre el caso del ex Secretario de Salud, Ernesto Echeverría Aispuro, según resolvió la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública.

La CEAIP resolvió el proyecto de la Comisionada Ana Martha Ibarra López Portillo sobre el recurso de revisión 23319-2 que interpuso un particular sobre la solicitud de información de la carpeta del caso Echeverría y que recibió como respuesta de la Fiscalía General del Estado que no era posible pues formaba parte de la investigación.

El particular señalaba que en aras de la transparencia, sentido de reclamo social y máxima publicidad debía ser entregada la versión pública del caso. A lo que la Fiscalía respondió que la información debe ser reservada puesto que la misma forma parte de un procedimiento penal que está pendiente de resolver.

Sin embargo la causa penal del caso Echeverría ya causó estado, es decir, esta causa no es válida detalló la Comisionada Ibarra López Portillo, según información solicitada al Poder Judicial de la Federación.

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“Consideramos que no se actualizan ninguno de los supuestos que establece nuestra ley para la reserva toda vez que la carpeta de investigación, es decir, la investigación ya concluyó y con base en una información que nosotros solicitamos para mayor proveer al Poder Judicial se nos informa que la causa penal respecto del servidor público que se solicita la información ya terminó con un sobreseguimiento que se encuentra firme”, dijo.

La Fiscalía General del Estado no actualizó la causa del porqué la información debía continuar el reserva aun cuando ya se resolvió el caso de Echeverría.

“Con base en eso y en el principio de máxima publicidad y toda vez que consideramos que no se actualiza la causal de reserva de la clasificación, no se actualiza a ninguna de ellas consideramos entonces necesario revocar esa reserva de la información”, detalló Ibarra López Portillo.

En contraparte el Comisionado Tomás Medina consideró que este recurso de revisión debía resolverse en contra y que la información debía continuar clasificada porque podría afectar la investigación, fundamentando su alegata en la resolución del recurso de revisión 1575 resuelto en la sesión de 1 de febrero del 2019.

“Debo decir que en el proyecto que se resolvió similar a este en la sesión anterior se estableció que se modificaba el proyecto pero para efecto de que se justificara plenamente la reserva de la información porque había datos que habían sido precisados y este me parece que sí señala que era el expediente este, el juzgado ese y el estado procesal que actualmente se encuentra ese proceso y por ello este proyecto debe ser confirmatorio de tener en consideración”, detalló.

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Ante este argumento Ibarra López Portillo señaló que fue el propio Poder Judicial de la Federación quien confirmó a la CEAIP la conclusión del proceso y ello daba pie a la desclasificación de la información, además de que los argumentos de la Fiscalía para mantener en reserva los datos, no son válidos.

“Sin embargo este órgano considera que la información que pretende conocer el particular no se ajusta a los supuestos a que hace referencia el sujeto obligado en su respuesta toda vez que la investigación no se encuentra en trámite si no que ya concluyó desde el momento en que el Ministerio Público formula su acusación ante el juez, situación que el propio sujeto obligado (FGE) reconoce al manifestar que hay una causa penal”, apuntó la Comisionada.

Reiteró que la investigación contra Echeverría Aispuro ya concluyó.

“(...)Por lo tanto su divulgación no altera de manera alguna la conducción del expediente que se encuentra en otra instancia como es el Poder Judicial”, dijo.

Con fundamento en la aclaración del Poder Judicial y la invalidez de los argumentos de la Fiscalía para mantener en reserva la información, la Comisionada Ana Martha Ibarra López Portillo y la Comisionada Presidenta Rosa Lizárraga Félix votaron a favor de la desclasificación del expediente, mientras que el Comisionado Tomás Medina votó en contra.

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