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"DECLARACIÓN"

"Señala Quirino a Fiscalía de no pedir cárcel para Echeverría"

"Tras la absolución del ex Secretario de Salud Ernesto Echeverría, el Gobernador dijo que fue la Fiscalía General del Estado la que no pidió cárcel para el ex funcionario acusado"

El Gobernador Quirino Ordaz Coppel señaló a la Fiscalía General del Estado de no pedir cárcel como pena a los delitos de los que fue acusado el ex Secretario de Salud Ernesto Echeverría Aispuro.

Tras ser cuestionado por la absolución del ex funcionario el pasado 7 de febrero, Ordaz Coppel señaló que fue la Fiscalía la que no solicitó pena de cárcel para Echeverría.

- ¿Entonces ustedes no pidieron cárcel?

No, bueno, a ver, es la Fiscalía.

- Pero Servicios de Salud era el agraviado.

El Estado recuperó dinero.

- ¿No pidió cárcel para Echeverría?

Es la Fiscalía, no confundamos, es un órgano autónomo, es la Fiscalía.

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Anteriormente el Fiscal General del Estado Juan José Ríos Estavillo puntualizó que fue el Gobierno del Estado a través de Servicios de Salud de Sinaloa el que llegó a un acuerdo con Echeverría Aispuro.

"Miren, el Ministerio Público, dentro de las funciones que aguarda es ser un representante de la sociedad. Las decisiones que se toman en este tipo de asuntos, corresponden a las víctimas y todo tiene que hacerse en presencia de un juez", señaló.

"Es más, las partes, en este caso los imputados y las víctimas, para este tipo de decisiones no requieren la autorización del Ministerio Público", dijo entonces.

El pasado 7 de febrero un juez puso fin al proceso penal contra el ex Secretario de Salud tras cumplir con el acuerdo al que llegó con Servicios de Salud de Sinaloa de devolver siete de los 14.8 millones de pesos que fueron desviados durante su administración al frente de la dependencia.

Para llegar a esta resolución Echeverría Aispuro tuvo que llegar a un acuerdo con la parte agraviada, en este caso Gobierno del Estado a través de Servicios de Salud de Sinaloa.

Ordaz Coppel subrayó que se cumplió con la ley y recalcó que es la primera ocasión en la que el Estado recupera dinero de desvíos de recursos.

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"Que no sea lo que todos quisieran, claro que no es lo que todos quisiéramos, la gente quisiera no sólo que regrese sino que estuviera en la cárcel".

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, en los artículos 184 y 195 se establecen las medidas con las debe operarse la Suspensión Provicional del Proceso Penal.

Pero para llegar a este acuerdo el acusado, en este caso, el ex Secretario Ernesto Echeverría tuvo que admitir su culpabilidad en los cargos, según marca la ley. A partir de la admisión puede negociar con la parte agraviada.

De los 14.8 millones de pesos de desvío, Echeverría Aispuro "repuso" únicamente 7 millones de pesos, monto que cumplió en tres pagos.

Esto implica que legalmente haya sido absuelto de los cargos, y con ello se cumplió la ley, dijo el Gobernador.

"Yo sé y entiendo a la gente que lo quiere cuando un funcionario hace mal uso de los recursos públicos quisiera verlo encerrado pero es la ley lo que de está aplicando", expresó.

Fue Gobierno del Estado a través de Servicios de Salud de Sinaloa, por ser los agraviados, los que llegaron a un acuerdo con la defensa de Echeverría Aispuro, de ahí derivó el pago del 50 por ciento de los recursos que fueron desviados.

"Se aceptó en función de la recuperación que se iba a hacer del recurso y es la primera vez que se hace esto", detalló Gonzalo Gómez Flores, Secretario de Gobierno.

"Ahí es en función de proteger los intereses del Estado", insistió.

 

¿Qué es lo que dice la ley?

 

Con base en el Código Nacional de Procedimientos, el acusado debe aceptar los cargos para poder llegar a un proceso simplificado y resarcir el daño.

Sin embargo, aunque cumpla con el acuerdo y resulte absuelto de las acusaciones, legalmente queda un precedente de los cargos. Es decir, no es considerado como antecendentes penales pero en caso de que incurriera nuevamente en el mismo delito, saltaría el precedente y ya no tendría derecho a acceder a una medida de Suspensión Provisional.

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